Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-1122)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría de monumento, a favor de la Residencia de Estudiantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 9484

general que definía las bases para la intervención y buscaba recuperar las señas
de identidad del centro. Así, en diferentes fases, las actuaciones realizadas se han
sustentado en el respeto a las trazas originales de los edificios, la adaptación al desarrollo
de las actividades históricas del centro y sus nuevos usos y el restablecimiento de su
fisionomía original.
Entre las principales novedades cabe destacar la comunicación entre pabellones
central, transatlántico y gemelos por medio de un sótano excavado en la fachada trasera
de estos edificios. Esta adecuación de los inmuebles a las funciones y usos actuales de
la Fundación ha permitido crear salas de exposiciones, conferencias y seminarios, así
como ubicar el Centro de Documentación.
Criterios de intervención
Los criterios de intervención en el Bien serán los establecidos en el artículo 39 de la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, para los bienes
inmuebles. Las actuaciones irán encaminadas a su conservación, consolidación y
rehabilitación y evitarán los intentos de reconstrucción, salvo cuando se utilicen partes
originales de los mismos y pueda probarse su autenticidad. Si se añadiesen materiales o
partes indispensables para su estabilidad o mantenimiento, las adiciones deberán ser
reconocibles y evitar las confusiones miméticas. Así mismo, las restauraciones de los
bienes respetarán las aportaciones de todas las épocas existentes. La eliminación de
alguna de ellas sólo se autorizará con carácter excepcional y siempre que los elementos
que traten de suprimirse supongan una evidente degradación del bien y su eliminación
fuere necesaria para permitir una mejor interpretación histórica del mismo. Las partes
suprimidas quedarán debidamente documentadas.
Delimitación del bien
Los edificios que forman parte de la Residencia constan en el Inventario General
de Bienes y Derechos del Estado de la Dirección General de Patrimonio del Estado con
el número 1987724289990159001 con una superficie total de 7.963 metros cuadrados.
Los elementos que bajo la figura de Bien de Interés Cultural se considera necesario
proteger están constituidos por los edificios mencionados cuya delimitación viene
definida por las siguientes coordenadas U.T.M. Huso: 30 ETRS89:
Pabellón transatlántico
Coordenada X Coordenada Y

441619,05

4476972,57

441627,95

4476975,9

441648,54

4476922,72

441639,64

4476919,16

441638,3

4476922,34

441637,27

4476922,12

441635,6

4476926,78

441636,29

4476927,12

441621,87

4476965,07

441621,07

4476964,85

441619,29

4476969,17

441620,09

4476969,5

cve: BOE-A-2025-1122
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Núm. 19