Tribunal Constitucional. I. Disposiciones generales. Cuestiones de inconstitucionalidad. (BOE-A-2025-996)
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 9849-2024, en relación con el artículo 3 del Decreto-ley 2/2018, de 11 de diciembre, de medidas urgentes para el restablecimiento de los derechos del personal al servicio de la Administración de la Junta de Extremadura en las situaciones de incapacidad temporal, y por el que se extienden las mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social a las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia, por posible vulneración del art. 14 CE.
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Núm. 19

Miércoles 22 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 8781

I. DISPOSICIONES GENERALES

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
996

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 9849-2024, en relación con el artículo 3
del Decreto-ley 2/2018, de 11 de diciembre, de medidas urgentes para el
restablecimiento de los derechos del personal al servicio de la Administración
de la Junta de Extremadura en las situaciones de incapacidad temporal, y por
el que se extienden las mejoras voluntarias de la acción protectora de la
Seguridad Social a las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante
el embarazo y riesgo durante la lactancia, por posible vulneración del art. 14
CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de enero de 2025, ha
acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 9849-2024,
planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Mérida, en el
procedimiento abreviado núm. 1741-2021, en relación con el inciso final «en las mismas
condiciones a las establecidas en el artículo 1» del párrafo primero del artículo 3 del
Decreto-ley 2/2018, de 11 de diciembre, de medidas urgentes para el restablecimiento de
los derechos del personal al servicio de la Administración de la Junta de Extremadura en
las situaciones de incapacidad temporal, y por el que se extienden las mejoras voluntarias
de la acción protectora de la Seguridad Social a las situaciones de maternidad, paternidad,
riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia, por posible vulneración del
artículo 14 CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar
para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en
el procedimiento abreviado 1741-2021, podrán personarse ante este Tribunal dentro de
los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del
Estado».

cve: BOE-A-2025-996
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 14 de enero de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X