Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-954)
Resolución de 24 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para la contratación de personal laboral fijo, para personas con discapacidad, Titulado/a Superior, fuera del convenio único de la Administración General del Estado, en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8448
por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas
Selectivas del punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo
las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la
plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus
modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El registro electrónico de la solicitud.
La documentación adicional que, según lo previsto en los apartados 4.6 y 4.8, se
debe remitir junto con la instancia de participación, lo podrán hacer anexándola, en
documento PDF, a la instancia de participación telemática.
En caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción, se deberá enviar un correo electrónico a la dirección que aparece en la
aplicación https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias Apartado «Contacto»:
cau.060@correo.gob.es.
Las instancias de participación suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de
las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.
Las instancias de participación se dirigirán, como órgano convocante, a la
Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
4.3 Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33, están
exentas del pago de la tasa para participar en el proceso selectivo. Las personas
solicitantes deben acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de la condición de
discapacidad.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del
interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la
Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a
través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.
La justificación de la concurrencia de la causa de exención total del abono de los
derechos de examen deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En
caso contrario se procederá a la exclusión de la persona aspirante siendo este caso
subsanable en el plazo que se concede para la rectificación de errores.
En ningún caso, la justificación de la concurrencia de la causa de exención total del
abono de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
4.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día hábil siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá como órgano convocante, a
la Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. La no
presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
4.5 Solo podrá presentarse una solicitud por aspirante, en la cual se deberá indicar
una única plaza de las relacionadas en la base 1.1 que ha de ser identificada por su
«N.º de orden». La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del
anexo III de las presentes bases. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión
en una instancia de dos o más «N.º de orden» o la falta de ese dato, implicara la
exclusión de la solicitud presentada sin que estos errores puedan ser subsanados
posteriormente.
cve: BOE-A-2025-954
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8448
por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas
Selectivas del punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo
las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la
plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus
modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El registro electrónico de la solicitud.
La documentación adicional que, según lo previsto en los apartados 4.6 y 4.8, se
debe remitir junto con la instancia de participación, lo podrán hacer anexándola, en
documento PDF, a la instancia de participación telemática.
En caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción, se deberá enviar un correo electrónico a la dirección que aparece en la
aplicación https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias Apartado «Contacto»:
cau.060@correo.gob.es.
Las instancias de participación suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de
las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.
Las instancias de participación se dirigirán, como órgano convocante, a la
Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
4.3 Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33, están
exentas del pago de la tasa para participar en el proceso selectivo. Las personas
solicitantes deben acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de la condición de
discapacidad.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del
interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la
Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a
través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.
La justificación de la concurrencia de la causa de exención total del abono de los
derechos de examen deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En
caso contrario se procederá a la exclusión de la persona aspirante siendo este caso
subsanable en el plazo que se concede para la rectificación de errores.
En ningún caso, la justificación de la concurrencia de la causa de exención total del
abono de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
4.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día hábil siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá como órgano convocante, a
la Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. La no
presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
4.5 Solo podrá presentarse una solicitud por aspirante, en la cual se deberá indicar
una única plaza de las relacionadas en la base 1.1 que ha de ser identificada por su
«N.º de orden». La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del
anexo III de las presentes bases. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión
en una instancia de dos o más «N.º de orden» o la falta de ese dato, implicara la
exclusión de la solicitud presentada sin que estos errores puedan ser subsanados
posteriormente.
cve: BOE-A-2025-954
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18