Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-954)
Resolución de 24 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para la contratación de personal laboral fijo, para personas con discapacidad, Titulado/a Superior, fuera del convenio único de la Administración General del Estado, en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 8455

Cada Tribunal o el órgano gestor publicará en los lugares establecidos en la
base 5.1, en la sede del Tribunal y en los lugares que se considere oportuno, la relación
provisional de las personas aspirantes que han sido valoradas en la segunda fase del
concurso con indicación de las puntuaciones parciales obtenidas y la puntuación total.
Las personas aspirantes tendrán un plazo de cinco días hábiles contados desde el
primer día hábil posterior a la fecha de publicación de la relación provisional para
presentar las alegaciones que estimen oportunas. Concluido ese plazo la relación
definitiva de puntuaciones obtenidas por cada persona aspirante en esta primera fase
será publicada en los mismos lugares que la relación provisional.
6. La puntuación final del concurso para cada plaza y especialidad será la suma de
las puntuaciones obtenidas en cada fase del concurso, hasta un máximo de 100 puntos.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en la primera fase del concurso.
2.º Mayor puntuación obtenida en esa primera fase del concurso en el apartado a),
b) y c) valorados sucesivamente en el orden indicado.
3.º Mayor puntuación obtenida en la segunda fase del concurso en los apartados
a), b), c), d) y e) valorados sucesivamente en el orden indicado.
4.º De persistir el empate el Tribunal resolverá por votación.
7. Si alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a
causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la
realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes
que han superado el proceso selectivo.
8. Quienes tengan la condición de funcionarios/as de organismos internacionales
estarán exentos/as de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión
Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos
ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional
correspondiente.
9. Otras previsiones: el Tribunal podrán disponer la incorporación a sus trabajos de
especialistas que les asesoren, designados previamente por el Presidente del Tribunal,
para todos o algunos de sus ejercicios. Estos asesores colaboraran con el órgano de
selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
10. En la sesión de constitución de cada uno de los Tribunales, éstos designarán
de entre los vocales, un Secretario/a titular y suplente de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 3, punto 14, del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE núm. 124, de 25
de mayo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022. En todo
caso, deberá respetar el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, salvo
por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas, previsto en el artículo 53 de
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. Esta medida se tendrá en cuenta a la hora de
nombrar los miembros que ostentarán las presidencias y secretarías de aquéllos. Se
promoverá la participación en tribunales y órganos de selección de personas con
discapacidad, en particular en aquellos procesos en los que exista turno de reserva para
este colectivo.

cve: BOE-A-2025-954
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Núm. 18