Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-956)
Resolución de 24 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario, para la contratación de personal laboral fijo, para personas con discapacidad, Titulado/a Doctor/a, fuera del convenio único de la Administración General del Estado, en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8482
4.5 Solo podrá presentarse una solicitud por aspirante en la cual se deberá indicar
una única plaza de las relacionadas en la base 1.1 que ha de ser identificada por su «N.º
de orden». La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III
de las presentes bases. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión en una
instancia de dos o más «N.º de orden» o la falta de ese dato, implicara la exclusión de la
solicitud presentada sin que estos errores puedan ser subsanados posteriormente.
4.6 Todas las solicitudes deberán venir acompañadas de la siguiente
documentación, que se presentará anexándola a la instancia de participación, con la
excepción de la descrita en el apartado 4.6.3:
4.6.1 Curriculum vitae del solicitante. Este archivo deberá identificarse con la
denominación siguiente: «CV, apellidos y nombre de la persona aspirante».pdf. Al firmar
y registrar la solicitud, la persona solicitante manifiesta, bajo su responsabilidad, que son
ciertos los méritos alegados en el currículum y que dispone de documentación que así lo
acredita, que será puesta a disposición del tribunal cuando le sea requerida.
4.6.2 Aportar la documentación acreditativa de la condición de discapacidad. Esa
documentación deberá identificarse con la denominación siguiente: «CERTIFICACIÓN,
apellidos y nombre de la persona aspirante».pdf.
Asimismo, las personas aspirantes deberán indicar las posibles adaptaciones de
tiempo y medios para la realización de las fases del concurso que pudieran ser
necesarias en la instancia de solicitud al proceso selectivo de la manera indicada en el
anexo III de las presentes bases.
4.6.3 Así mismo el día de la citación para la realización de la primera fase del
concurso y en el momento de la presentación para su realización, los aspirantes deberán
hacer entrega al Tribunal, en sobre cerrado y con un máximo de cinco páginas (UNEA4), de un resumen que contenga su visión acerca del estado actual del tema objeto de
la plaza convocada, así como de sus posibles líneas de evolución y de la actividad que
prevean desarrollar en relación con el perfil científico por el que se presenta, según se
explicita en el punto 4 del anexo I «Descripción del proceso selectivo» de esta
convocatoria. La no presentación de dicho resumen en el día y momento indicados
supondrá la imposibilidad de continuación del proceso selectivo por parte de la persona
aspirante.
4.6.4 Así mismo, junto con la solicitud, deberá también acompañarse de una copia
autentica digital de la titulación de Doctor/a. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero, deberá acompañarse la copia autentica del certificado de equivalencia o de la
credencial que acredite, en su caso, su homologación, deberá disponerse de la misma y
presentarla en el plazo previsto en el apartado 8.1 para la entrega de la documentación.
Además, se deberá adjuntar la documentación necesaria para la acreditación de los
méritos alegados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La no presentación del curriculum vitae en tiempo y forma supondrá la exclusión del
o de la aspirante sin posibilidad de subsanación. Del mismo modo la no presentación de
la copia autentica de la titulación del grado de doctor, supondrá igualmente la exclusión,
no obstante, en estos supuestos estas circunstancias pueden subsanarse en el plazo de
alegaciones a las listas de admitidos y excluidos.
4.7 Cualquier alteración fraudulenta de los documentos presentados supondrá la
pérdida del derecho a poder ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su
instancia o en la documentación aportada con ella.
4.8 Quienes tengan la condición de funcionarios/as de Organismos Internacionales
deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter
excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las
correspondientes pruebas.
cve: BOE-A-2025-956
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8482
4.5 Solo podrá presentarse una solicitud por aspirante en la cual se deberá indicar
una única plaza de las relacionadas en la base 1.1 que ha de ser identificada por su «N.º
de orden». La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III
de las presentes bases. La presentación de dos o más solicitudes, la inclusión en una
instancia de dos o más «N.º de orden» o la falta de ese dato, implicara la exclusión de la
solicitud presentada sin que estos errores puedan ser subsanados posteriormente.
4.6 Todas las solicitudes deberán venir acompañadas de la siguiente
documentación, que se presentará anexándola a la instancia de participación, con la
excepción de la descrita en el apartado 4.6.3:
4.6.1 Curriculum vitae del solicitante. Este archivo deberá identificarse con la
denominación siguiente: «CV, apellidos y nombre de la persona aspirante».pdf. Al firmar
y registrar la solicitud, la persona solicitante manifiesta, bajo su responsabilidad, que son
ciertos los méritos alegados en el currículum y que dispone de documentación que así lo
acredita, que será puesta a disposición del tribunal cuando le sea requerida.
4.6.2 Aportar la documentación acreditativa de la condición de discapacidad. Esa
documentación deberá identificarse con la denominación siguiente: «CERTIFICACIÓN,
apellidos y nombre de la persona aspirante».pdf.
Asimismo, las personas aspirantes deberán indicar las posibles adaptaciones de
tiempo y medios para la realización de las fases del concurso que pudieran ser
necesarias en la instancia de solicitud al proceso selectivo de la manera indicada en el
anexo III de las presentes bases.
4.6.3 Así mismo el día de la citación para la realización de la primera fase del
concurso y en el momento de la presentación para su realización, los aspirantes deberán
hacer entrega al Tribunal, en sobre cerrado y con un máximo de cinco páginas (UNEA4), de un resumen que contenga su visión acerca del estado actual del tema objeto de
la plaza convocada, así como de sus posibles líneas de evolución y de la actividad que
prevean desarrollar en relación con el perfil científico por el que se presenta, según se
explicita en el punto 4 del anexo I «Descripción del proceso selectivo» de esta
convocatoria. La no presentación de dicho resumen en el día y momento indicados
supondrá la imposibilidad de continuación del proceso selectivo por parte de la persona
aspirante.
4.6.4 Así mismo, junto con la solicitud, deberá también acompañarse de una copia
autentica digital de la titulación de Doctor/a. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero, deberá acompañarse la copia autentica del certificado de equivalencia o de la
credencial que acredite, en su caso, su homologación, deberá disponerse de la misma y
presentarla en el plazo previsto en el apartado 8.1 para la entrega de la documentación.
Además, se deberá adjuntar la documentación necesaria para la acreditación de los
méritos alegados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La no presentación del curriculum vitae en tiempo y forma supondrá la exclusión del
o de la aspirante sin posibilidad de subsanación. Del mismo modo la no presentación de
la copia autentica de la titulación del grado de doctor, supondrá igualmente la exclusión,
no obstante, en estos supuestos estas circunstancias pueden subsanarse en el plazo de
alegaciones a las listas de admitidos y excluidos.
4.7 Cualquier alteración fraudulenta de los documentos presentados supondrá la
pérdida del derecho a poder ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su
instancia o en la documentación aportada con ella.
4.8 Quienes tengan la condición de funcionarios/as de Organismos Internacionales
deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter
excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las
correspondientes pruebas.
cve: BOE-A-2025-956
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Núm. 18