Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-967)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, conjunta de la Universidad de Murcia y el Servicio Murciano de Salud de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8578
8.3 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la persona candidata
propuesta deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la
condición de funcionario o funcionaria de carrera del cuerpo de Catedráticos de
Universidad, con los derechos y deberes que le son propios.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos
años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza
distinta en la Universidad de Murcia u otra universidad.
8.4 La vinculación es de Facultativo Especialista de Área (FEA) con Catedrático de
Universidad de acuerdo con el concierto, no obstante, si el aspirante por los
procedimientos de provisión establecidos en el SMS obtuviese o hubiese obtenido un
puesto asistencial de mayor categoría (Jefe de Servicio, Jefe de Sección), en caso de
obtener la plaza podrá continuar en el desempeño de la misma, con el puesto asistencial
de mayor categoría.
9.
Protección de datos
La participación en la convocatoria implica la aceptación de la autorización del uso de
los datos personales de la persona aspirante por la Universidad de Murcia, de acuerdo
con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales, con el fin de la correcta gestión del proceso
selectivo. Los datos personales facilitados quedarán incorporados en los ficheros de
usuarios de la Universidad de Murcia, de acuerdo con lo establecido en la citada ley
orgánica.
Con la presentación de la solicitud, la persona aspirante autorizará el uso de sus
datos, relativos a nombre, apellidos, proceso selectivo en el que participa e inclusión en
las plazas correspondientes, en los lugares habilitados para la publicidad de las plazas y
la publicación de resultados. Asimismo, autoriza la utilización de su teléfono móvil y
correo electrónico a efectos de comunicaciones y notificaciones.
10.
Norma final
10.1 Durante el desarrollo de los concursos, las Comisiones resolverán las dudas
que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda
en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
10.2 La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Frente a ella, de
conformidad con lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 20 de los Estatutos de la
Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 de agosto, los interesados
pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el rector o la rectora de la
Universidad de Murcia, en el plazo de un mes, o, directamente, recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, en el plazo
de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de la notificación o
publicación y sin perjuicio de que puedan intentar cualquier otro recurso que a su
derecho convenga.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición
en su caso interpuesto.
Murcia, 23 de diciembre de 2024.–El Rector, José Luján Alcaraz.–La DirectoraGerente del Servicio Murciano de Salud, Isabel Ayala Vigueras.
cve: BOE-A-2025-967
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18
Martes 21 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 8578
8.3 En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la persona candidata
propuesta deberá tomar posesión de su destino, momento en el que adquirirá la
condición de funcionario o funcionaria de carrera del cuerpo de Catedráticos de
Universidad, con los derechos y deberes que le son propios.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos
años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza
distinta en la Universidad de Murcia u otra universidad.
8.4 La vinculación es de Facultativo Especialista de Área (FEA) con Catedrático de
Universidad de acuerdo con el concierto, no obstante, si el aspirante por los
procedimientos de provisión establecidos en el SMS obtuviese o hubiese obtenido un
puesto asistencial de mayor categoría (Jefe de Servicio, Jefe de Sección), en caso de
obtener la plaza podrá continuar en el desempeño de la misma, con el puesto asistencial
de mayor categoría.
9.
Protección de datos
La participación en la convocatoria implica la aceptación de la autorización del uso de
los datos personales de la persona aspirante por la Universidad de Murcia, de acuerdo
con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales, con el fin de la correcta gestión del proceso
selectivo. Los datos personales facilitados quedarán incorporados en los ficheros de
usuarios de la Universidad de Murcia, de acuerdo con lo establecido en la citada ley
orgánica.
Con la presentación de la solicitud, la persona aspirante autorizará el uso de sus
datos, relativos a nombre, apellidos, proceso selectivo en el que participa e inclusión en
las plazas correspondientes, en los lugares habilitados para la publicidad de las plazas y
la publicación de resultados. Asimismo, autoriza la utilización de su teléfono móvil y
correo electrónico a efectos de comunicaciones y notificaciones.
10.
Norma final
10.1 Durante el desarrollo de los concursos, las Comisiones resolverán las dudas
que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda
en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
10.2 La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Frente a ella, de
conformidad con lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 20 de los Estatutos de la
Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 de agosto, los interesados
pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el rector o la rectora de la
Universidad de Murcia, en el plazo de un mes, o, directamente, recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, en el plazo
de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de la notificación o
publicación y sin perjuicio de que puedan intentar cualquier otro recurso que a su
derecho convenga.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición
en su caso interpuesto.
Murcia, 23 de diciembre de 2024.–El Rector, José Luján Alcaraz.–La DirectoraGerente del Servicio Murciano de Salud, Isabel Ayala Vigueras.
cve: BOE-A-2025-967
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18