Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2025-987)
Resolución de 13 de enero de 2025, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con el Instituto Cántabro de Estadística, sobre cooperación estadística e intercambio de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Martes 21 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 8716

Segundo.
Que la experiencia adquirida en el desarrollo del citado Convenio aconseja la
continuidad de esta cooperación y el mantenimiento, de mutuo acuerdo, de cauces
operativos idóneos para el intercambio de la información que deba realizarse para
facilitar la realización de las estadísticas que les asigna el Plan Estadístico Nacional y el
Plan Estadístico de Cantabria, o los respectivos Programas anuales que los desarrollen.
Tercero.
Que la existencia de un interés mutuo del Estado y de la Comunidad Autónoma de
Cantabria en materia estadística, determina la conveniencia de coordinar la actividad
estatal y autonómica al respecto, toda vez que el Estado goza de competencia exclusiva
sobre estadísticas para fines estatales, según el artículo 149.1.31 de la Constitución, y la
Comunidad Autónoma de Cantabria tiene competencia exclusiva sobre estadística para
fines de la Comunidad Autónoma según el artículo 24 apartado 28 de la Ley
Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria.
Cuarto.
Que la Ley 12/1989, de 9 de mayo de la Función Estadística Pública establece en el
artículo 26.r) que al Instituto Nacional de Estadística le corresponde «La celebración de
acuerdos y convenios con otras Administraciones públicas en lo relativo a las
estadísticas que tengan encomendadas». Asimismo, el artículo 41.1 de la misma norma
recoge que «Los servicios estadísticos de la Administración del Estado y de las
Comunidades Autónomas podrán celebrar convenios relativos al desarrollo de
operaciones estadísticas cuando ello convenga para el perfeccionamiento y eficacia de
las mismas o para evitar duplicidades y gastos».
Quinto.
Que el Decreto 3/2005, de 13 de enero, por el que se aprueban los Estatutos del
Instituto Cántabro de Estadística establece en el artículo 2.e) que al Instituto Cántabro de
Estadística le corresponde «la representación oficial del Gobierno de Cantabria en
materia estadística y canalización de todas las relaciones de los integrantes del sistema
estadístico de Cantabria con el INE…». Asimismo, el artículo 24 de la Ley 4/2005, de 5
de octubre, de Estadística de Cantabria establece que se fomentará la firma de
convenios y acuerdos entre las diferentes administraciones para favorecer una mayor
eficiencia y eficacia en la utilización de los recursos públicos en la actividad estadística.
Por todo ello, deciden suscribir el presente Convenio sobre cooperación estadística e
intercambio de información que tiene naturaleza de convenio marco al establecer unos
compromisos iniciales que pueden dar lugar a la suscripción de convenios específicos
entre las Partes y que se rige por las siguientes
CLÁUSULAS

El presente Convenio sobre cooperación estadística e intercambio de información
tiene por objeto determinar las líneas básicas de cooperación entre el Instituto Nacional
de Estadística y el Instituto Cántabro de Estadística, y regular los mecanismos operativos
para el intercambio de información entre ambas instituciones.

cve: BOE-A-2025-987
Verificable en https://www.boe.es

Primera. Objeto del Convenio.