Comunidad Autónoma Del País Vasco. I. Disposiciones generales. Presupuestos. (BOE-A-2025-940)
Ley 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18
Martes 21 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 8359
7. Se modifican diversas tarifas de las prestaciones patrimoniales de carácter
público no tributarias del ente público de derecho privado Euskadiko Kirol Portuak, que
quedarán con la redacción siguiente:
7.1 Se modifican los puntos a), b), c) y d) y e) del apartado 6.1.1 del punto 6.º de la
disposición adicional segunda de dicho texto refundido, relativo a la tarifa A) sobre
embarcaciones de listas sexta y séptima, que quedará con la redacción siguiente:
«6.
Los importes de las cuotas de la tarifa son las siguientes:
6.1 Por la utilización por las embarcaciones de las aguas de la zona de
servicio del puerto y obras e instalaciones portuarias que permitan el acceso
marítimo al puesto de atraque o de fondeo asignado y su estancia en los mismos:
6.1.1 En infraestructuras náutico-recreativas la cuantía de la tarifa T-5 por
atraque será la siguiente:
a)
Grupo 1.
Sin muerto ni tren de fondeo de la Administración:
Tarifa general: 0,0452 euros/m2 y día.
Tarifa especial (se aplicará en los puertos que cuenten con servicios adicionales
en turnos inferiores a 24 horas en temporada estival): 0,0617 euros/m2 y día.
Con muerto o tren de fondeo de la Administración:
Tarifa general: 0,1084 euros/m2 y día.
Tarifa especial (se aplicará en los puertos que cuenten con servicios adicionales
en turnos inferiores a 24 horas en temporada estival): 0,1480 euros/m2 y día.
Atracados a muelles:
Tarifa general: 0,1084 euros/m2 y día.
Tarifa especial (se aplicará en los puertos que cuenten con servicios adicionales
en turnos inferiores a 24 horas en temporada estival): 0,1480 euros/m2 y día.
Atracados a pantalanes:
– Contratación por año completo o más:
Tarifa general: 0,1355 euros/m2 y día.
Tarifa especial (se aplicará en los puertos que cuenten con servicios adicionales
en turnos inferiores a 24 horas en temporada estival): 0,1813 euros/m2 y día.
– Contratación por periodos inferiores al año:
Tarifa general: 0,1987 euros/m2 y día.
Tarifa especial (se aplicará en los puertos que cuenten con servicios adicionales
en turnos inferiores a 24 horas en temporada estival): 0,2162 euros/m2 y día.
Sin muerto ni tren de fondeo de la Administración:
Tarifa general: 0,0577 euros/m2 y día.
Tarifa especial (se aplicará en los puertos que cuenten con servicios adicionales
en turnos inferiores a 24 horas en temporada estival): 0,0788 euros/m2 y día.
cve: BOE-A-2025-940
Verificable en https://www.boe.es
b) Grupo 2:
Núm. 18
Martes 21 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 8359
7. Se modifican diversas tarifas de las prestaciones patrimoniales de carácter
público no tributarias del ente público de derecho privado Euskadiko Kirol Portuak, que
quedarán con la redacción siguiente:
7.1 Se modifican los puntos a), b), c) y d) y e) del apartado 6.1.1 del punto 6.º de la
disposición adicional segunda de dicho texto refundido, relativo a la tarifa A) sobre
embarcaciones de listas sexta y séptima, que quedará con la redacción siguiente:
«6.
Los importes de las cuotas de la tarifa son las siguientes:
6.1 Por la utilización por las embarcaciones de las aguas de la zona de
servicio del puerto y obras e instalaciones portuarias que permitan el acceso
marítimo al puesto de atraque o de fondeo asignado y su estancia en los mismos:
6.1.1 En infraestructuras náutico-recreativas la cuantía de la tarifa T-5 por
atraque será la siguiente:
a)
Grupo 1.
Sin muerto ni tren de fondeo de la Administración:
Tarifa general: 0,0452 euros/m2 y día.
Tarifa especial (se aplicará en los puertos que cuenten con servicios adicionales
en turnos inferiores a 24 horas en temporada estival): 0,0617 euros/m2 y día.
Con muerto o tren de fondeo de la Administración:
Tarifa general: 0,1084 euros/m2 y día.
Tarifa especial (se aplicará en los puertos que cuenten con servicios adicionales
en turnos inferiores a 24 horas en temporada estival): 0,1480 euros/m2 y día.
Atracados a muelles:
Tarifa general: 0,1084 euros/m2 y día.
Tarifa especial (se aplicará en los puertos que cuenten con servicios adicionales
en turnos inferiores a 24 horas en temporada estival): 0,1480 euros/m2 y día.
Atracados a pantalanes:
– Contratación por año completo o más:
Tarifa general: 0,1355 euros/m2 y día.
Tarifa especial (se aplicará en los puertos que cuenten con servicios adicionales
en turnos inferiores a 24 horas en temporada estival): 0,1813 euros/m2 y día.
– Contratación por periodos inferiores al año:
Tarifa general: 0,1987 euros/m2 y día.
Tarifa especial (se aplicará en los puertos que cuenten con servicios adicionales
en turnos inferiores a 24 horas en temporada estival): 0,2162 euros/m2 y día.
Sin muerto ni tren de fondeo de la Administración:
Tarifa general: 0,0577 euros/m2 y día.
Tarifa especial (se aplicará en los puertos que cuenten con servicios adicionales
en turnos inferiores a 24 horas en temporada estival): 0,0788 euros/m2 y día.
cve: BOE-A-2025-940
Verificable en https://www.boe.es
b) Grupo 2: