Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-933)
Resolución de 3 de enero de 2025, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que publica el Convenio con el Ayuntamiento de Gijón, para la cesión de uso de los servicios de la plataforma de formación basada en Moodle del INAP.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 8307
Reconociéndose mutuamente la competencia y capacidad para la firma de este
documento,
EXPONEN
I. El INAP es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública,
según dispone el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública (BOE núm. 52, de 28 de febrero de 2024).
De acuerdo con el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública,
aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, son fines esenciales del INAP, sin
perjuicio de las competencias específicas que se reconozcan sobre estas materias a
otros centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado, la formación
y perfeccionamiento de los empleados públicos de la Administración General del Estado
y de sus organismos públicos, así como del resto de entidades del sector público estatal,
salvo en los supuestos en que otras disposiciones encomienden estas funciones a otros
centros especializados, y la coordinación, colaboración y cooperación con los demás
centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado o de sus
organismos públicos que realicen tareas de selección, formación y perfeccionamiento de
empleados públicos.
II. Que el Ayuntamiento de Gijón/Xixón está desarrollando una batería de
actuaciones para mejorar los servicios a la ciudadanía y a los intereses generales del
municipio, concentrando sus esfuerzos en las acciones dirigidas al incremento del
bienestar de las personas, al fomento del desarrollo social y económico y a la
sostenibilidad del territorio.
El principal activo para conseguir satisfacer los objetivos citados es, sin duda las
personas que prestan sus servicios en esta Administración municipal. En este sentido, el
contexto actual de fuerte desarrollo derivado de la sociedad de la información y de las
comunicaciones y la incorporación de los instrumentos configuradores de la
administración electrónica, han tenido un impacto directo en los procesos de trabajo que
precisan un perfeccionamiento continuado del personal municipal al objeto de atender
las demandas de la ciudadanía.
El Ayuntamiento de Gijón/Xixón considera la formación de su personal como un
elemento esencial para garantizar a sus empleados/as públicos/as de forma permanente
los conocimientos y habilidades que les permitan un adecuado desempeño de sus
puestos de trabajo, su adaptación a las nuevas normas, procedimientos y técnicas, así
como un desarrollo profesional y personal que integre sus aspiraciones y necesidades
con las de la organización en la que prestan sus servicios. Por tanto, con objeto de
disminuir el coste de la formación y facilitar el acceso a ella de todos sus empleados
públicos, desea ofrecer una serie de servicios de formación on line.
III. Que el INAP tiene como objetivo impulsar procesos de enseñanza y aprendizaje
que contribuyan a dotar a las Administraciones públicas de personas competentes, con
altas capacidades, flexibles y comprometidas con los valores del servicio público.
IV. Que el INAP ha impulsado el proyecto «Compartir», que se inició con el estudio
de las posibilidades de compartir y colaborar entre las distintas Administraciones
públicas y cuya finalidad es racionalizar la programación de los distintos centros de
formación y de selección y conseguir una mayor eficiencia en la utilización de los
recursos disponibles.
V. Que el INAP dispone de una plataforma de formación basada en Moodle.
VI. Que el Ayuntamiento de Gijón/Xixón desea realizar formación en línea.
VII. Que El Ayuntamiento de Gijón/Xixón no dispone de una plataforma propia de
formación, adecuada a sus necesidades y la utilización conjunta de esta herramienta
del INAP da cumplimiento a lo previsto en el artículo 157.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2025-933
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 17
Lunes 20 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 8307
Reconociéndose mutuamente la competencia y capacidad para la firma de este
documento,
EXPONEN
I. El INAP es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública,
según dispone el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función
Pública (BOE núm. 52, de 28 de febrero de 2024).
De acuerdo con el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública,
aprobado por el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, son fines esenciales del INAP, sin
perjuicio de las competencias específicas que se reconozcan sobre estas materias a
otros centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado, la formación
y perfeccionamiento de los empleados públicos de la Administración General del Estado
y de sus organismos públicos, así como del resto de entidades del sector público estatal,
salvo en los supuestos en que otras disposiciones encomienden estas funciones a otros
centros especializados, y la coordinación, colaboración y cooperación con los demás
centros, institutos o escuelas de la Administración General del Estado o de sus
organismos públicos que realicen tareas de selección, formación y perfeccionamiento de
empleados públicos.
II. Que el Ayuntamiento de Gijón/Xixón está desarrollando una batería de
actuaciones para mejorar los servicios a la ciudadanía y a los intereses generales del
municipio, concentrando sus esfuerzos en las acciones dirigidas al incremento del
bienestar de las personas, al fomento del desarrollo social y económico y a la
sostenibilidad del territorio.
El principal activo para conseguir satisfacer los objetivos citados es, sin duda las
personas que prestan sus servicios en esta Administración municipal. En este sentido, el
contexto actual de fuerte desarrollo derivado de la sociedad de la información y de las
comunicaciones y la incorporación de los instrumentos configuradores de la
administración electrónica, han tenido un impacto directo en los procesos de trabajo que
precisan un perfeccionamiento continuado del personal municipal al objeto de atender
las demandas de la ciudadanía.
El Ayuntamiento de Gijón/Xixón considera la formación de su personal como un
elemento esencial para garantizar a sus empleados/as públicos/as de forma permanente
los conocimientos y habilidades que les permitan un adecuado desempeño de sus
puestos de trabajo, su adaptación a las nuevas normas, procedimientos y técnicas, así
como un desarrollo profesional y personal que integre sus aspiraciones y necesidades
con las de la organización en la que prestan sus servicios. Por tanto, con objeto de
disminuir el coste de la formación y facilitar el acceso a ella de todos sus empleados
públicos, desea ofrecer una serie de servicios de formación on line.
III. Que el INAP tiene como objetivo impulsar procesos de enseñanza y aprendizaje
que contribuyan a dotar a las Administraciones públicas de personas competentes, con
altas capacidades, flexibles y comprometidas con los valores del servicio público.
IV. Que el INAP ha impulsado el proyecto «Compartir», que se inició con el estudio
de las posibilidades de compartir y colaborar entre las distintas Administraciones
públicas y cuya finalidad es racionalizar la programación de los distintos centros de
formación y de selección y conseguir una mayor eficiencia en la utilización de los
recursos disponibles.
V. Que el INAP dispone de una plataforma de formación basada en Moodle.
VI. Que el Ayuntamiento de Gijón/Xixón desea realizar formación en línea.
VII. Que El Ayuntamiento de Gijón/Xixón no dispone de una plataforma propia de
formación, adecuada a sus necesidades y la utilización conjunta de esta herramienta
del INAP da cumplimiento a lo previsto en el artículo 157.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2025-933
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 17