Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-730)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 17 de octubre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15
Viernes 17 de enero de 2025
Sec. II.A. Pág. 7107
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
730
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 17 de octubre
de 2024.
Por Resolución de la Subsecretaría de 17 de octubre de 2024 («Boletín Oficial del
Estado» de 28 de octubre), se convocó concurso específico para la provisión de puestos
de trabajo.
Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la
convocatoria, finalizado el plazo de presentación de instancias, valorados los méritos
alegados por los concursantes y a propuesta de la Comisión de Valoración a la que hace
referencia la base séptima de la citada resolución,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Adjudicar los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo que acompaña a la
presente resolución a las funcionarias que asimismo se especifican.
Segundo.
Las posibles personas adjudicatarias que por causas legalmente establecidas no
puedan constar en el anexo deberán formalizar la toma de posesión en el puesto de
trabajo una vez le sea comunicado de forma individual por esta Subsecretaría.
Tercero.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de
residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso
al servicio activo.
Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente
resolución.
El personal que obtenga destino en este concurso deberá permanecer en el puesto
de trabajo adjudicado un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos
de provisión, salvo en el ámbito de la Secretaría de Estado de Seguridad Social y
Pensiones, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1. e) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el
de supresión del puesto de trabajo.
Quinto.
Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
cve: BOE-A-2025-730
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 15
Viernes 17 de enero de 2025
Sec. II.A. Pág. 7107
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
730
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 17 de octubre
de 2024.
Por Resolución de la Subsecretaría de 17 de octubre de 2024 («Boletín Oficial del
Estado» de 28 de octubre), se convocó concurso específico para la provisión de puestos
de trabajo.
Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la
convocatoria, finalizado el plazo de presentación de instancias, valorados los méritos
alegados por los concursantes y a propuesta de la Comisión de Valoración a la que hace
referencia la base séptima de la citada resolución,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Adjudicar los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo que acompaña a la
presente resolución a las funcionarias que asimismo se especifican.
Segundo.
Las posibles personas adjudicatarias que por causas legalmente establecidas no
puedan constar en el anexo deberán formalizar la toma de posesión en el puesto de
trabajo una vez le sea comunicado de forma individual por esta Subsecretaría.
Tercero.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de
residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso
al servicio activo.
Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente
resolución.
El personal que obtenga destino en este concurso deberá permanecer en el puesto
de trabajo adjudicado un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos
de provisión, salvo en el ámbito de la Secretaría de Estado de Seguridad Social y
Pensiones, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1. e) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el
de supresión del puesto de trabajo.
Quinto.
Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
cve: BOE-A-2025-730
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.