Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-777)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica con la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Viernes 17 de enero de 2025
Undécima.

Sec. III. Pág. 7180

Naturaleza del convenio y jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa quedando sometido al régimen
jurídico de convenios previsto en el capítulo VI título preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán
resueltas en el seno de la comisión de seguimiento; en el caso de que no fuera posible,
el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las
cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha
jurisdicción.
Y para que conste, y en prueba de conformidad, firman digitalmente el presente
convenio.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas Álvarez.–La Directora
de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P., Inés Mazarrasa Steinkuhler.
ANEXO
En virtud de lo dispuesto en la cláusula Novena del convenio, la comisión de
seguimiento del mismo está formada por los siguientes miembros:
– Por la Abogacía General del Estado:
● La Subdirectora General y la Subdirectora Adjunta de Auditoría Interna y Gestión
del Conocimiento. En defecto de uno de ellos, un Gestor de Apoyo Jurídico de la referida
Subdirección.
– Por la Fundación Pluralismo y Convivencia F.S.P.:

cve: BOE-A-2025-777
Verificable en https://www.boe.es

● La Directora, doña Inés Mazarrasa Steinkuhler.
● La Responsable de Administración y gestión económica, doña Aurora Fernández
García.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X