Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-784)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación Colectivo Unión de Integración a las Personas con Discapacidad, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15
Viernes 17 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 7248
Quinto.
Que la Asociación ACUDIM tiene entre sus fines:
a) Defender la mejora de las condiciones de vida de las personas con discapacidad
física y orgánica mediante las reivindicaciones y gestiones correspondientes.
b) Fomentar de forma especial la participación de sus miembros, en programas de
carácter cultural en que, tanto desde la asociación como desde la sociedad en general
puedan beneficiar al colectivo.
c) Colaborar en el desarrollo de la documentación general concerniente a la
problemática del discapacitado físico y orgánico.
d) Programar y participar en las conferencias de carácter local, provincial y
autonómico, estatal, seminarios, ciclos de estudio, o cualquiera otra clase de reuniones
que tengan por objeto el estudio o intercambio de experiencias en el campo de la
problemática del discapacitado físico y orgánico.
e) Motivar la sensibilización y toma de conciencia de la sociedad en cuantas
cuestiones se refieren en la problemática del discapacitado físico y orgánico, con el
objeto de facilitar su plena integración social.
f) Asistencia a sus miembros proporcionándoles información y material dentro de
sus posibilidades.
g) Realizar cuantas acciones directas o indirectas al amparo del Ordenamiento
Constitucional, tienda a conseguir el logro de los fines mencionados anteriormente.
h) Promover, facilitar o utilizar todos los medios lícitos de propaganda, formación y
difusión para dar a conocer los problemas de los discapacitados físicos.
i) Participar en el Consejo de Participación Ciudadana de la ciudad.
j) Colaborar con el colectivo asociativo y vecinal de la ciudad.
k) La prestación de servicios a través de convenios y licitaciones de Organismos
Públicos y/o Privados, que tengan como finalidad programas de atención a personas con
discapacidad y/o dependencia.
l) La prestación de servicios a Administraciones Públicas que tengan por objeto
programas de atención a personas con discapacidad y/o dependientes.
m) Realizar actividades de apoyo psicológico, ayuda mutua y autoayuda, dirigidas a
enfermos crónicos, con discapacidad física y orgánica y sus familiares.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer la forma de colaboración entre la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación para el efectivo
cumplimiento de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad, mediante la
prestación por los penados de determinadas actividades de utilidad pública en su ámbito
competencial.
que
asume
la
Secretaría
General
de
Instituciones
1. El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, asume las obligaciones para la cobertura de las contingencias que
corresponden al Instituto Nacional de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales de los penados, por los días de prestación efectiva del
trabajo desarrollado en beneficio de la comunidad, en virtud de lo dispuesto en el Real
Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter
especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la
cve: BOE-A-2025-784
Verificable en https://www.boe.es
Segunda. Compromisos
Penitenciarias.
Núm. 15
Viernes 17 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 7248
Quinto.
Que la Asociación ACUDIM tiene entre sus fines:
a) Defender la mejora de las condiciones de vida de las personas con discapacidad
física y orgánica mediante las reivindicaciones y gestiones correspondientes.
b) Fomentar de forma especial la participación de sus miembros, en programas de
carácter cultural en que, tanto desde la asociación como desde la sociedad en general
puedan beneficiar al colectivo.
c) Colaborar en el desarrollo de la documentación general concerniente a la
problemática del discapacitado físico y orgánico.
d) Programar y participar en las conferencias de carácter local, provincial y
autonómico, estatal, seminarios, ciclos de estudio, o cualquiera otra clase de reuniones
que tengan por objeto el estudio o intercambio de experiencias en el campo de la
problemática del discapacitado físico y orgánico.
e) Motivar la sensibilización y toma de conciencia de la sociedad en cuantas
cuestiones se refieren en la problemática del discapacitado físico y orgánico, con el
objeto de facilitar su plena integración social.
f) Asistencia a sus miembros proporcionándoles información y material dentro de
sus posibilidades.
g) Realizar cuantas acciones directas o indirectas al amparo del Ordenamiento
Constitucional, tienda a conseguir el logro de los fines mencionados anteriormente.
h) Promover, facilitar o utilizar todos los medios lícitos de propaganda, formación y
difusión para dar a conocer los problemas de los discapacitados físicos.
i) Participar en el Consejo de Participación Ciudadana de la ciudad.
j) Colaborar con el colectivo asociativo y vecinal de la ciudad.
k) La prestación de servicios a través de convenios y licitaciones de Organismos
Públicos y/o Privados, que tengan como finalidad programas de atención a personas con
discapacidad y/o dependencia.
l) La prestación de servicios a Administraciones Públicas que tengan por objeto
programas de atención a personas con discapacidad y/o dependientes.
m) Realizar actividades de apoyo psicológico, ayuda mutua y autoayuda, dirigidas a
enfermos crónicos, con discapacidad física y orgánica y sus familiares.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer la forma de colaboración entre la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación para el efectivo
cumplimiento de las penas de trabajo en beneficio de la comunidad, mediante la
prestación por los penados de determinadas actividades de utilidad pública en su ámbito
competencial.
que
asume
la
Secretaría
General
de
Instituciones
1. El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, asume las obligaciones para la cobertura de las contingencias que
corresponden al Instituto Nacional de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales de los penados, por los días de prestación efectiva del
trabajo desarrollado en beneficio de la comunidad, en virtud de lo dispuesto en el Real
Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter
especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la
cve: BOE-A-2025-784
Verificable en https://www.boe.es
Segunda. Compromisos
Penitenciarias.