Ministerio de Agricultura, Pesca y AlimentaciónV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Bienes de interés cultural. (BOE-B-2025-1175)
Extracto de la Orden de 15 de enero de 2025 por la que se modifica la orden de 26 de diciembre de 2024 por la que se convocan las subvenciones establecidas en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario ante la pérdida de rentabilidad y por causa de la sequía, destinadas a las explotaciones agrarias afectadas por la DANA ocurrida entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Viernes 17 de enero de 2025

Sec. V-B. Pág. 2010

económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan
determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social,
que cumplan los requisitos, términos y condiciones establecidos en el artículo 27
del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, previa presentación de
declaración responsable de estar afectados por la DANA".
Dos. Se modifica el apartado quinto para añadir una nueva letra i) con la
siguiente redacción:
"i). En el caso de los titulares de las explotaciones recogidas en la disposición
adicional quinta del Real Decreto Ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se
adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de
Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a
situaciones de vulnerabilidad social, una declaración responsable del solicitante,
conforme al modelo contenido en el Anexo 4 de esta orden, en la que conste que
ha tenido daños debidos a los efectos de la DANA y no a otras circunstancias. La
verificación del origen de los daños se entenderá realizada con esa comprobación
documental.
Tres. El tercer párrafo del apartado séptimo queda redactado de la
siguiente forma:
"El plazo para presentar las solicitudes comenzará el 16 de enero de 2025 y
finalizará el 1 de septiembre de 2026."
Cuatro. Se añade un nuevo Anexo 4 a la Orden de 26 de diciembre de
2024 por la que se convocan las subvenciones establecidas en el artículo 6 del
real decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, en el que figura un modelo normalizado
de declaración responsable que deberán presentar los titulares de las
explotaciones recogidas en la disposición adicional quinta del Real Decreto Ley 9/
2024, de 23 de diciembre.
Madrid, 15 de enero de 2025.- Luis Planas Puchades
El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.

cve: BOE-B-2025-1175
Verificable en https://www.boe.es

ID: A250001677-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X