Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-696)
Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Bilbao, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Jueves 16 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 6599

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
696

Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Bilbao,
sobre delegación de competencias.

En la sesión del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao
celebrada el día 18 de diciembre de 2024, se adoptaron por unanimidad los siguientes
acuerdos:
1. Delegar en la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Bilbao la competencia
para la resolución de los expedientes sancionadores instruidos por infracciones leves y/o
por infracciones graves en materia de contaminación marina producida desde tierra en la
zona de servicio del Puerto de Bilbao, previstas en el Real Decreto Legislativo 2/2011,
de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante, incluyendo la facultad de resolver cualesquiera
recursos, reclamaciones contra actos o actuaciones dictadas por delegación y la
formalización de cualesquiera documentos necesarios para ello.
2. Publicar el precedente acuerdo, de conformidad con la previsión contenida en el
artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Bizkaia», así como en la
Sede Electrónica y webs corporativas de la Autoridad Portuaria de Bilbao.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa a tenor de lo
dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puede interponerse,
potestativamente, de conformidad con lo dispuesto en sus artículos 123 y 124, recurso
de reposición ante el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao en el
plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo
de dos meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente a su notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3, en relación con los artículos 10.1 m) y 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, sin perjuicio de que se formule cualquier otro recurso que se estime
procedente.

cve: BOE-A-2025-696
Verificable en https://www.boe.es

Santurtzi, 30 de diciembre de 2024.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de
Bilbao, Ricardo Barkala Zumelzu, Juan Carlos Verdeal Pinto.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X