Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Escuelas de conductores. Profesorado. (BOE-A-2025-692)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Tráfico, por la que se convoca curso para obtener Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14
Jueves 16 de enero de 2025
5.
5.1
Sec. III. Pág. 6591
Lugares de celebración
Fase de enseñanza a distancia.
Con carácter general, las evaluaciones de la fase de enseñanza a distancia tendrán
lugar en la provincia designada por el interesado al realizar la solicitud electrónica.
5.2
Fase de presencia.
Los turnos de la fase de presencia tendrán lugar en Las Palmas de Gran Canaria,
León, Madrid, Murcia, Palma de Mallorca, Sevilla, Valencia y Zaragoza, en los locales
que oportunamente se señalen al publicarse los listados de convocados de cada uno de
los grupos y se ajustarán al horario y programación que fije el Tribunal calificador.
Los aspirantes deberán indicar, en el modelo de solicitud electrónica de participación
en la convocatoria, las dos localidades por orden de prelación en la que desean realizar
la fase de presencia. En caso de no obtener plaza por criterios de puntuación o de no
celebrarse al no haber suficientes aspirantes en la primera de ellas se le asignará la
segunda.
Si en alguno de los lugares no se alcanzase un número mínimo de 20 alumnos, la
fase de formación presencial podría no celebrarse en dicha localidad. En todo caso, se
celebrará en Madrid.
6.
6.1
Exenciones
Fase de enseñanza a distancia.
Quedarán exentos de realizar la fase de enseñanza a distancia quienes, habiendo
asistido a la fase de presencia en el curso inmediatamente anterior, no la hubieran
finalizado o superado por tener alguna asignatura pendiente, debiendo realizar la fase de
presencia íntegramente.
6.2 Estarán exentos de realizar la fase de enseñanza a distancia, quienes,
habiendo obtenido un certificado de aptitud de profesor de formación vial limitado a
enseñanzas de carácter teórico, acrediten poseer las aptitudes psicofísicas exigidas al
grupo 2 de conductores y soliciten certificado de aptitud sin limitaciones.
6.3 Estarán exentos de realizar los módulos de formación práctica de la fase de
presencia los aspirantes que, por no poseer las condiciones de aptitud psicofísicas
requeridas para el grupo 2 de conductores, aspiran a la obtención de un Certificado de
Aptitud de Profesor de Formación Vial limitado a enseñanza de carácter teórico.
7.
Fase de enseñanza a distancia.
En las evaluaciones de esta fase, cada una de las materias que se indican en la
base 4.1 será calificada con un máximo de diez puntos.
Para superar cada materia será necesario contestar correctamente, en cada
evaluación, al menos, 7 de las preguntas.
No obstante, cuando al aplicar dicho tanto por ciento el resultado fuera decimal, el
número de preguntas requerido para superar cada materia se redondeará al número
entero más próximo. Si, como resultado de este cálculo, el resultado igualara las cinco
décimas, se aplicará el entero inmediato inferior.
Aquellos aspirantes que en la segunda evaluación hubiesen suspendido un máximo
de dos asignaturas, habiendo contestado un mínimo de 5 preguntas correctas en cada
una de ellas, podrán realizar una prueba extraordinaria de recuperación de las
asignaturas no superadas para obtener la calificación de apto.
cve: BOE-A-2025-692
Verificable en https://www.boe.es
7.1
Sistema de calificación
Núm. 14
Jueves 16 de enero de 2025
5.
5.1
Sec. III. Pág. 6591
Lugares de celebración
Fase de enseñanza a distancia.
Con carácter general, las evaluaciones de la fase de enseñanza a distancia tendrán
lugar en la provincia designada por el interesado al realizar la solicitud electrónica.
5.2
Fase de presencia.
Los turnos de la fase de presencia tendrán lugar en Las Palmas de Gran Canaria,
León, Madrid, Murcia, Palma de Mallorca, Sevilla, Valencia y Zaragoza, en los locales
que oportunamente se señalen al publicarse los listados de convocados de cada uno de
los grupos y se ajustarán al horario y programación que fije el Tribunal calificador.
Los aspirantes deberán indicar, en el modelo de solicitud electrónica de participación
en la convocatoria, las dos localidades por orden de prelación en la que desean realizar
la fase de presencia. En caso de no obtener plaza por criterios de puntuación o de no
celebrarse al no haber suficientes aspirantes en la primera de ellas se le asignará la
segunda.
Si en alguno de los lugares no se alcanzase un número mínimo de 20 alumnos, la
fase de formación presencial podría no celebrarse en dicha localidad. En todo caso, se
celebrará en Madrid.
6.
6.1
Exenciones
Fase de enseñanza a distancia.
Quedarán exentos de realizar la fase de enseñanza a distancia quienes, habiendo
asistido a la fase de presencia en el curso inmediatamente anterior, no la hubieran
finalizado o superado por tener alguna asignatura pendiente, debiendo realizar la fase de
presencia íntegramente.
6.2 Estarán exentos de realizar la fase de enseñanza a distancia, quienes,
habiendo obtenido un certificado de aptitud de profesor de formación vial limitado a
enseñanzas de carácter teórico, acrediten poseer las aptitudes psicofísicas exigidas al
grupo 2 de conductores y soliciten certificado de aptitud sin limitaciones.
6.3 Estarán exentos de realizar los módulos de formación práctica de la fase de
presencia los aspirantes que, por no poseer las condiciones de aptitud psicofísicas
requeridas para el grupo 2 de conductores, aspiran a la obtención de un Certificado de
Aptitud de Profesor de Formación Vial limitado a enseñanza de carácter teórico.
7.
Fase de enseñanza a distancia.
En las evaluaciones de esta fase, cada una de las materias que se indican en la
base 4.1 será calificada con un máximo de diez puntos.
Para superar cada materia será necesario contestar correctamente, en cada
evaluación, al menos, 7 de las preguntas.
No obstante, cuando al aplicar dicho tanto por ciento el resultado fuera decimal, el
número de preguntas requerido para superar cada materia se redondeará al número
entero más próximo. Si, como resultado de este cálculo, el resultado igualara las cinco
décimas, se aplicará el entero inmediato inferior.
Aquellos aspirantes que en la segunda evaluación hubiesen suspendido un máximo
de dos asignaturas, habiendo contestado un mínimo de 5 preguntas correctas en cada
una de ellas, podrán realizar una prueba extraordinaria de recuperación de las
asignaturas no superadas para obtener la calificación de apto.
cve: BOE-A-2025-692
Verificable en https://www.boe.es
7.1
Sistema de calificación