Ministerio Del Interior. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-641)
Orden INT/5/2025, de 13 de enero, por la que se modifica la Orden INT/372/2018, de 28 de marzo, por la que se crea y se regula el funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio del Interior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Jueves 16 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 6312

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DEL INTERIOR
Orden INT/5/2025, de 13 de enero, por la que se modifica la Orden
INT/372/2018, de 28 de marzo, por la que se crea y se regula el
funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Digital del
Ministerio del Interior.

El Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos
operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la
Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, puso de manifiesto la
importancia de contar con unidades de tecnologías de la información y las
comunicaciones (unidades TIC) ministeriales, que conocieran profundamente el ámbito
de trabajo específico del departamento para diseñar servicios digitales adaptados a las
necesidades de ciudadanos y empresas, aprovechando la gran capacitación y el
conocimiento especializado del personal TIC para el desarrollo y operación de las
aplicaciones sectoriales específicas de cada unidad de negocio.
En este contexto, se crearon las Comisiones Ministeriales de Administración Digital (en
adelante, CMAD), como órganos colegiados de ámbito departamental responsables del impulso
y de la coordinación interna en cada departamento en materia de Administración digital.
En el Ministerio del Interior es la Orden INT/372/2018, de 28 de marzo, por la que crea la
Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio del Interior y se regula su
composición y funciones, que fue modificada por Orden INT/365/2019, de 27 de marzo.
Con posterioridad, se han creado nuevos centros directivos y se han otorgado
nuevas funciones a centros ya existentes. Así, mediante el Real Decreto 146/2021, de 9
de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real
Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del Ministerio del Interior, se crea la Dirección General de Coordinación y Estudios,
dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad.
Asimismo, mediante el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se crea, en el
ámbito de la Subsecretaría del Interior, la Dirección General de Protección Internacional,
a la que se atribuyen las funciones relacionadas con la protección internacional, la
apatridia y el régimen de las personas desplazadas.
Conforme a ello y en aras de conseguir la máxima eficacia y racionalización en el
cumplimiento de los objetivos departamentales, el Real Decreto 207/2024, de 27 de
febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior,
junto a la descripción de la estructura y funciones de la nueva Dirección General de
Protección Internacional, atribuye a la Dirección General de Política Interior, entre otras,
las funciones de carácter transversal atribuidas a las subdirecciones generales
encargadas de los servicios comunes que, hasta el momento, eran directamente
dependientes de la persona titular de la Subsecretaría, con la excepción de las
encomendadas a la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria.
Entre las funciones que el citado Real Decreto atribuye a la Dirección General de
Política Interior se encuentran la elaboración, desarrollo y ejecución de los planes
estratégicos y operativos en materia de sistemas de información y telecomunicaciones;
de políticas de calidad y gestión de datos del departamento y sus organismos vinculados
o dependientes; el impulso de la transformación digital y la innovación en el
departamento y en sus diferentes organismos vinculados o dependientes, de forma
coordinada con otros Centros directivos que ejerzan funciones análogas en sus
respectivos ámbitos de competencia; el asesoramiento y asistencia en materia de

cve: BOE-A-2025-641
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