Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-993)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva por la que se otorga autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública en concreto de una instalación eléctrica de alta tensión en el término municipal de La Palma del Condado (Huelva) (Nuestra referencia: SV ENERGÍA/ECL/AT-18026 Expediente: HU-T-000000011).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 1642
Presupuesto: 4.801.576 euros.
Número expediente: AT-18026.
Tercero.- Tal y como establece el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, se dio traslado por plazo de treinta (30) días de la solicitud y
documentos técnicos, a la serie de organismos que a continuación se enumeran,
ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el
procedimiento de referencia, a fin de que éstos se pronunciaran al efecto y
emitieran el informe y, en su caso, condicionado técnico que correspondiera:
• Excmo Ayuntamiento de La Palma del Condado.
• Departamento de Protección del Patrimonio Histórico de la Delegación de
Turismo, Cultura y Deporte en Huelva.
• Secretaría General de Energía de la Consejería de Industria, Energía y
Minas.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 52 de la Ley 7/2021, de 1
de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, se
remitió a la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
en Huelva, la documentación técnica del proyecto que permite valorar las
incidencias previsibles en la ordenación del territorio, para que en el plazo de dos
meses emita informe vinculante de incidencia territorial de la actuación.
El Departamento de Protección del Patrimonio considera en su informe de
fecha 4 de julio de 2023 con referencia 315/2023, la siguiente medida cautelar:
• Control arqueológico de movimiento de tierras (artículo 3.c del Reglamento de
Actividades Arqueológicas aprobado mediante Decreto 168/2003, de 17 de junio)
durante la ejecución de las obras[...] Igualmente si durante el transcurso de
cualquier actividad relacionada con el proyecto de referencia se produjera un
hallazgo arqueológico casual, será obligada la comunicación a la Delegación
Territorial competente en materia de Cultura y Patrimonio Histórico en el transcurso
de 24 horas; nos remitimos a dicho informe para mayor detalle.
Los informes recibidos de los organismos afectados han sido trasladados a la
peticionaria, que manifiesta su conformidad con las alegaciones e informes
presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios
durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia.
Cuarto.- Conforme a lo establecido en el artículo 41 de la Ley 7/2007, de 9 de
julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la ejecución de la instalación
proyectada está sometida al trámite de calificación ambiental. Constituyendo dicha
calificación ambiental, requisito indispensable para el otorgamiento de la licencia
municipal correspondiente. Con fecha 24 de septiembre de 2024 el Ayuntamiento
de La Palma del Condado emitió calificación ambiental, con referencia número 106
RCA.
Quinto.- De conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en los artículos 125 y 144 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como el artículo 83 de la Ley
cve: BOE-B-2025-993
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 13
Miércoles 15 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 1642
Presupuesto: 4.801.576 euros.
Número expediente: AT-18026.
Tercero.- Tal y como establece el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, se dio traslado por plazo de treinta (30) días de la solicitud y
documentos técnicos, a la serie de organismos que a continuación se enumeran,
ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el
procedimiento de referencia, a fin de que éstos se pronunciaran al efecto y
emitieran el informe y, en su caso, condicionado técnico que correspondiera:
• Excmo Ayuntamiento de La Palma del Condado.
• Departamento de Protección del Patrimonio Histórico de la Delegación de
Turismo, Cultura y Deporte en Huelva.
• Secretaría General de Energía de la Consejería de Industria, Energía y
Minas.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 52 de la Ley 7/2021, de 1
de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, se
remitió a la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
en Huelva, la documentación técnica del proyecto que permite valorar las
incidencias previsibles en la ordenación del territorio, para que en el plazo de dos
meses emita informe vinculante de incidencia territorial de la actuación.
El Departamento de Protección del Patrimonio considera en su informe de
fecha 4 de julio de 2023 con referencia 315/2023, la siguiente medida cautelar:
• Control arqueológico de movimiento de tierras (artículo 3.c del Reglamento de
Actividades Arqueológicas aprobado mediante Decreto 168/2003, de 17 de junio)
durante la ejecución de las obras[...] Igualmente si durante el transcurso de
cualquier actividad relacionada con el proyecto de referencia se produjera un
hallazgo arqueológico casual, será obligada la comunicación a la Delegación
Territorial competente en materia de Cultura y Patrimonio Histórico en el transcurso
de 24 horas; nos remitimos a dicho informe para mayor detalle.
Los informes recibidos de los organismos afectados han sido trasladados a la
peticionaria, que manifiesta su conformidad con las alegaciones e informes
presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios
durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia.
Cuarto.- Conforme a lo establecido en el artículo 41 de la Ley 7/2007, de 9 de
julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la ejecución de la instalación
proyectada está sometida al trámite de calificación ambiental. Constituyendo dicha
calificación ambiental, requisito indispensable para el otorgamiento de la licencia
municipal correspondiente. Con fecha 24 de septiembre de 2024 el Ayuntamiento
de La Palma del Condado emitió calificación ambiental, con referencia número 106
RCA.
Quinto.- De conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en los artículos 125 y 144 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como el artículo 83 de la Ley
cve: BOE-B-2025-993
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Núm. 13