Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-633)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 6186

personas opositoras deberán presentar en el Área de Personal de la Universidad, sita en
el Edificio Hospital Real en Plaza de Falla, núm. 8, Cádiz, los siguientes documentos:
a) Copia del DNI, Pasaporte, TIE o documento equivalente para los ciudadanos de
la Unión Europea en vigor.
b) Copia compulsada del título exigido en la base 2.1.5., o certificación académica
que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.
c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio, expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos
Laborales de la Universidad de Cádiz, entidad en la que delegue o, en su caso,
certificado expedido por la persona facultativa de medicina general de la Seguridad
Social que corresponda a la persona interesada, y en el caso de que éste no esté
acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirán por las Delegaciones de
Salud de la Junta de Andalucía.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitada para el ejercicio
de funciones públicas, según el modelo disponible en la página Web: https://
personal.uca.es/convocatoria-pas/
e) Las personas aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con
discapacidad, deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición, e igualmente deberán
presentar certificado de los citados órganos o de la Administración sanitaria acreditativo
de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
8.2 Quienes tuvieren la condición de personal funcionario público de la Universidad
de Cádiz estarán exentas de justificar documentalmente las condiciones y demás
requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento.
8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados personal
funcionario de la escala de Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos de la
Universidad de Cádiz y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera de la
escala de Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Cádiz,
mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
8.5 La petición de destinos por parte de las personas aspirantes aprobadas, deberá
realizarse en el plazo de siete días, previa oferta de los mismos.
8.6 La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo de un mes, a contar
desde el día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía» del nombramiento del personal funcionario de carrera de la escala de
Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Cádiz.
9.

Bolsa de trabajo

9.1 Como consecuencia de la resolución del presente proceso selectivo, se
elaborará una bolsa de trabajo de la escala Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos
de la Universidad de Cádiz, conforme a lo establecido en el Reglamento de Selección,
Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la
Universidad de Cádiz.
9.2 Para formar parte de la bolsa de trabajo será necesario superar al menos los
dos primeros ejercicios de la fase de oposición.
9.3 Para la integración de la bolsa de trabajo consecuencia del presente proceso
selectivo, se estará a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento de Selección,

cve: BOE-A-2025-633
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 13