Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-633)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 6184
por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 22 de noviembre
de 2022, en los términos correspondientes.
5.7 El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor
especialista para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes,
limitándose dicho asesoramiento a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. El nombramiento de personal asesor especialista corresponderá al Rector de la
Universidad de Cádiz.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma que las personas aspirantes con discapacidad gocen de
similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de participantes. En
este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la
forma prevista en la base 3.7, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su
realización.
5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad
del contenido de los ejercicios antes de su realización por la totalidad de participantes y
para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos
ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de las personas
aspirantes.
5.10 Contra las resoluciones del tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos
deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de
continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e
intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Edificio Hospital Real, Plaza de Falla, núm. 8, C.P. 11003 Cádiz,
teléfono 956015039 y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El
Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, integrante o no del
Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso
selectivo.
5.12 El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda
establecida en el artículo 20 y en el anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz
sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.13 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de
pleno derecho.
6.
Desarrollo de los ejercicios
6.1 El primer ejercicio de la fase de oposición no se celebrará antes del 1 de abril
de 2025. La fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de
oposición se hará pública en la página Web del área de Personal (https://
personal.uca.es/convocatoria-pas) junto con el listado definitivo de admisión y exclusión.
La publicación de los anuncios de celebración de los siguientes ejercicios se efectuará
en la página web mencionada, con veinticuatro horas, al menos, de antelación al
comienzo de los mismos.
6.2 En cualquier momento, las personas aspirantes podrán ser requeridas por las
personas que integran el Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.3 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único
llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden
de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una actuación
individualizada se iniciará, según la ordenación alfabética resultante del listado de
cve: BOE-A-2025-633
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 13
Miércoles 15 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 6184
por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 22 de noviembre
de 2022, en los términos correspondientes.
5.7 El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor
especialista para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes,
limitándose dicho asesoramiento a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. El nombramiento de personal asesor especialista corresponderá al Rector de la
Universidad de Cádiz.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma que las personas aspirantes con discapacidad gocen de
similares condiciones para la realización del ejercicio que el resto de participantes. En
este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la
forma prevista en la base 3.7, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su
realización.
5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad
del contenido de los ejercicios antes de su realización por la totalidad de participantes y
para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos
ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de las personas
aspirantes.
5.10 Contra las resoluciones del tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos
deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de
continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e
intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Edificio Hospital Real, Plaza de Falla, núm. 8, C.P. 11003 Cádiz,
teléfono 956015039 y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El
Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, integrante o no del
Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso
selectivo.
5.12 El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda
establecida en el artículo 20 y en el anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz
sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.13 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de
pleno derecho.
6.
Desarrollo de los ejercicios
6.1 El primer ejercicio de la fase de oposición no se celebrará antes del 1 de abril
de 2025. La fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de
oposición se hará pública en la página Web del área de Personal (https://
personal.uca.es/convocatoria-pas) junto con el listado definitivo de admisión y exclusión.
La publicación de los anuncios de celebración de los siguientes ejercicios se efectuará
en la página web mencionada, con veinticuatro horas, al menos, de antelación al
comienzo de los mismos.
6.2 En cualquier momento, las personas aspirantes podrán ser requeridas por las
personas que integran el Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.3 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único
llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden
de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una actuación
individualizada se iniciará, según la ordenación alfabética resultante del listado de
cve: BOE-A-2025-633
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 13