Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-633)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 6182
ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.4 Quienes concurran por el cupo de discapacidad deberán presentar certificado
en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano competente, igual o superior
al 33 por 100.
3.5 Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por
el órgano competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente,
tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los
miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que
fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará
adjuntando el título vigente de tal condición.
3.6 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.7 Las personas aspirantes con un grado de discapacidad reconocido igual o
superior al 33 % podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del
modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen
necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo
presentar Copia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano
Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz
podrá requerir a la persona interesada la información que estime necesaria en orden a la
adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia
de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto
concreto a ocupar.
3.8 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», el «Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la
página Web del área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/
convocatoria-pas/.
3.9 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admisión y exclusión de aspirantes. En dicha resolución, que deberá
publicarse en la página Web del área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-
cve: BOE-A-2025-633
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 13
Miércoles 15 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 6182
ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.4 Quienes concurran por el cupo de discapacidad deberán presentar certificado
en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano competente, igual o superior
al 33 por 100.
3.5 Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo
acompañar a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por
el órgano competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha de periodo de solicitud.
c) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, de
acuerdo con la normativa vigente, quedarán eximidas del pago de los derechos de
examen mediante justificación documental de la resolución administrativa o judicial firme
del reconocimiento de tal condición.
d) Las víctimas de violencia de género, en los términos recogidos en la normativa
vigente, mediante justificación documental de tal condición.
e) Las familias numerosas, en los términos recogidos en la normativa vigente,
tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los
miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que
fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará
adjuntando el título vigente de tal condición.
3.6 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.7 Las personas aspirantes con un grado de discapacidad reconocido igual o
superior al 33 % podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del
modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen
necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición, debiendo
presentar Copia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado emitido por el Órgano
Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz
podrá requerir a la persona interesada la información que estime necesaria en orden a la
adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre la procedencia
de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto
concreto a ocupar.
3.8 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», el «Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la
página Web del área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/
convocatoria-pas/.
3.9 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admisión y exclusión de aspirantes. En dicha resolución, que deberá
publicarse en la página Web del área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-
cve: BOE-A-2025-633
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 13