Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-633)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 6180

General de la Junta de Andalucía, con carácter supletorio, el Reglamento por el que se
regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la administración de la
Universidad de Cádiz del personal a su servicio y de los participantes en procesos
selectivos, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz
de 20 de junio de 2023, y a las bases de la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de dos fases: fase de oposición y fase de
concurso, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I
de esta convocatoria.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo
II de esta convocatoria.
1.5 La duración máxima de celebración de los ejercicios será de noventa días
hábiles, a contar desde la finalización del primer ejercicio.
2.

Requisitos de participación

2.1 Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación a cónyuges de personas con
nacionalidad española o de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que
no estén separadas de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge,
siempre que no estén separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad
Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
2.1.2 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3 Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la
edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.4 No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala funcionarial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber
sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5 Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de
presentación de solicitudes del título de Grado, Arquitectura técnica, Ingeniería técnica,
Diplomatura universitaria o titulación equivalente. Las personas aspirantes con
titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la
homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas
al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
2.2 Las personas aspirantes que se presenten por el cupo de discapacidad deberán
disponer de un certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente, igual o superior al 33 por 100.
2.3 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.

cve: BOE-A-2025-633
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Núm. 13