Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2025-623)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publican las bases de concurso ordinario para el año 2024 y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13

Miércoles 15 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 6156

categoria/47), a través del procedimiento denominado «Remisión de resolución de los concursos
ordinarios de puestos reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación
de carácter nacional».
Décima. Coordinación de nombramientos.
La Dirección General de la Función Pública, transcurrido el plazo a que se refiere la
base anterior, procederá a efectuar la coordinación de resoluciones coincidentes a favor
de una misma persona concursante, con adjudicación final de puestos, atendiendo al
orden formulado por los/as concursantes en su solicitud de orden de prelación y a la
puntuación obtenida en cada uno de los puestos afectados.
Undécima.

Formalización de nombramientos.

De acuerdo con el resultado de la coordinación en los casos de adjudicaciones
múltiples y de las resoluciones de las corporaciones en los restantes, la Dirección
General de la Función Pública procederá a formalizar los nombramientos, y a su
publicación en el plazo de un mes, en el «Boletín Oficial del Estado».
Duodécima.

Plazo posesorio.

El plazo de toma de posesión en los destinos obtenidos en el concurso será de tres
días hábiles si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad o de un mes si se
trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.
Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución
de nombramientos en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comportara el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse
desde dicha publicación.
El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.
Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los o las presidentes de las
corporaciones en cuyos puestos reservados a personal funcionario de administración
local con habilitación de carácter nacional hayan de cesar y tomar posesión las personas
adjudicatarias, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de tres
meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta de este acuerdo a la comunidad
autónoma.
Si la persona que haya resultado adjudicataria se encontrase prestando sus servicios
en régimen de comisión de servicios, para que se produzca el diferimiento del cese
necesariamente deberán mostrar su conformidad las tres administraciones públicas
afectadas; esto es, el municipio en el que presta sus servicios en comisión, el municipio
donde tiene su destino definitivo y el municipio donde ha obtenido un nuevo destino.
Decimotercera.

Irrenunciabilidad y voluntariedad de los destinos.

Decimocuarta.

Cese y toma de posesión.

Las diligencias de cese y toma de posesión de los/as concursantes que accedan a
un puesto de trabajo, de acuerdo con la resolución del concurso, deberán ser remitidas a
la comunidad autónoma respectiva, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en
que se produzcan.
La toma de posesión determina la adquisición de los derechos y deberes del
personal funcionario inherentes al puesto, pasando así a depender de la correspondiente
corporación.

cve: BOE-A-2025-623
Verificable en https://www.boe.es

Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán carácter voluntario, no
generando en consecuencia derecho al abono de indemnización por traslado.