Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-567)
Resolución de 8 de enero de 2025, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 5582
Correos antes de ser certificada (Dirección oficial: Jefatura de Servicio de Personal
Docente e Investigador de la Universidad de Málaga, Pabellón de Gobierno, Campus de
Teatinos, Bulevar Louis Pasteur, n.º 43. 29071 Málaga).
Los interesados que no presenten la solicitud de la forma indicada, podrán decaer en
su respectivo derecho.
3.3 Los aspirantes deberán abonar los derechos de participación, que se estipulan
en 36 euros, mediante ingreso en la cuenta corriente n.º ES88-2103-0146-95-0030028625
de UNICAJA. Dicho abono se podrá efectuar por transferencia, desde otra entidad bancaria,
a la cuenta antes citada, dirigida a la Universidad de Málaga, haciendo constar los
siguientes datos: nombre, apellidos y DNI del concursante y código de la plaza a la que
concursa.
En ningún caso, la presentación y pago de los mencionados derechos supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.4 El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
3.5 Junto con la solicitud se presentará la siguiente documentación:
a) Justificante acreditativo del ingreso o transferencia bancaria de los derechos de
participación.
b) Copia del documento nacional de identidad o documento equivalente. Los
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán aportar copia del
documento equivalente que acredite su identidad, así como su nacionalidad.
c) Documento acreditativo del cumplimiento del requisito indicado en la base 2.2 de
esta convocatoria.
3.6 Todos los documentos requeridos en el concurso que estén redactados en
lengua extranjera deberán acompañarse de la correspondiente traducción oficial al
castellano, que será la lengua oficial en que se desarrollará el concurso.
4.
Admisión
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública una
resolución del Rector declarando aprobada la relación provisional de admitidos y
excluidos al concurso, detallando las causas de exclusión, si las hubiere.
4.2 En el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación de la resolución por la que se declara la relación provisional de admitidos y
excluidos, los interesados podrán subsanar los defectos que hubieran dado lugar a la
exclusión o, en su caso, presentar contra la misma, y dentro del mismo plazo,
reclamación ante el Rector, presentada según lo indicado en la base 3.2 de esta
convocatoria. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
no realicen alegación frente a la omisión producida que justifique su derecho a ser
incluidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3 Finalizado el plazo de subsanación o reclamaciones, se hará pública una
resolución del Rector declarando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos
y excluidos, pudiendo interponer contra la misma recurso en los términos previstos en el
artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
4.4 Una vez publicada la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de
aspirantes admitidos, el Servicio de Personal Docente e Investigador remitirá al
Presidente o Presidenta de la Comisión de Selección toda la documentación relativa al
concurso.
cve: BOE-A-2025-567
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 12
Martes 14 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 5582
Correos antes de ser certificada (Dirección oficial: Jefatura de Servicio de Personal
Docente e Investigador de la Universidad de Málaga, Pabellón de Gobierno, Campus de
Teatinos, Bulevar Louis Pasteur, n.º 43. 29071 Málaga).
Los interesados que no presenten la solicitud de la forma indicada, podrán decaer en
su respectivo derecho.
3.3 Los aspirantes deberán abonar los derechos de participación, que se estipulan
en 36 euros, mediante ingreso en la cuenta corriente n.º ES88-2103-0146-95-0030028625
de UNICAJA. Dicho abono se podrá efectuar por transferencia, desde otra entidad bancaria,
a la cuenta antes citada, dirigida a la Universidad de Málaga, haciendo constar los
siguientes datos: nombre, apellidos y DNI del concursante y código de la plaza a la que
concursa.
En ningún caso, la presentación y pago de los mencionados derechos supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.4 El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
3.5 Junto con la solicitud se presentará la siguiente documentación:
a) Justificante acreditativo del ingreso o transferencia bancaria de los derechos de
participación.
b) Copia del documento nacional de identidad o documento equivalente. Los
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán aportar copia del
documento equivalente que acredite su identidad, así como su nacionalidad.
c) Documento acreditativo del cumplimiento del requisito indicado en la base 2.2 de
esta convocatoria.
3.6 Todos los documentos requeridos en el concurso que estén redactados en
lengua extranjera deberán acompañarse de la correspondiente traducción oficial al
castellano, que será la lengua oficial en que se desarrollará el concurso.
4.
Admisión
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública una
resolución del Rector declarando aprobada la relación provisional de admitidos y
excluidos al concurso, detallando las causas de exclusión, si las hubiere.
4.2 En el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la
publicación de la resolución por la que se declara la relación provisional de admitidos y
excluidos, los interesados podrán subsanar los defectos que hubieran dado lugar a la
exclusión o, en su caso, presentar contra la misma, y dentro del mismo plazo,
reclamación ante el Rector, presentada según lo indicado en la base 3.2 de esta
convocatoria. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
no realicen alegación frente a la omisión producida que justifique su derecho a ser
incluidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3 Finalizado el plazo de subsanación o reclamaciones, se hará pública una
resolución del Rector declarando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos
y excluidos, pudiendo interponer contra la misma recurso en los términos previstos en el
artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
4.4 Una vez publicada la resolución por la que se aprueba la relación definitiva de
aspirantes admitidos, el Servicio de Personal Docente e Investigador remitirá al
Presidente o Presidenta de la Comisión de Selección toda la documentación relativa al
concurso.
cve: BOE-A-2025-567
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Núm. 12