Consejo de Seguridad Nuclear. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2025-586)
Resolución de 2 de enero de 2025, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Acuerdo de prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Martes 14 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 5774
sus competencias y funciones, en lo concerniente a la planificación, preparación y
respuesta ante situaciones de emergencia radiológica. Este acuerdo fue inscrito en el
Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) el 3 de febrero
de 2021.
Segundo.
Que la firma de este convenio y los compromisos asumidos por las partes en el
mismo, se han demostrado como herramienta fundamental en la consecución de los
objetivos y en la puesta en práctica y desarrollo de las actuaciones necesarias para la
planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.
En consecuencia, y en virtud de lo establecido en la cláusula décima del convenio de
colaboración, una vez evaluadas las necesidades técnicas y con el fin de dar continuidad
a la prestación del objeto de dicho convenio, las partes firmantes de esta prórroga
estiman necesario continuar con dicha colaboración por un nuevo período de cuatro
años más, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la prórroga.
Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un periodo de cuatro años, del
Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Consejería de Presidencia,
Portavocía, Acción Exterior y Emergencias de la comunidad autónoma de la Región de
Murcia, para el mejor ejercicio de sus competencias y funciones, en lo concerniente a la
planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.
La prórroga del citado convenio, por un periodo de cuatro años, conlleva la obligación
de las partes de respetar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el mismo, en
los términos y cuantías expresados en aquel, así como en los servicios a prestar o
mantener.
Segunda.
Régimen jurídico.
El presente acuerdo de prórroga tiene carácter administrativo, y al igual que el
convenio del que trae causa, se rige por lo dispuesto en el título preliminar, capítulo VI,
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo de
aplicación para dicha prórroga lo dispuesto en el artículo 49. g) 2.º de esta norma.
cve: BOE-A-2025-586
Verificable en https://www.boe.es
Las partes manifiestan su plena conformidad con el presente convenio, en Madrid,
a 2 de enero de 2025.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Juan Carlos
Lentijo Lentijo.–Por la Región de Murcia, el Consejero de Presidencia, Portavocía,
Acción Exterior y Emergencias, Marcos Ortuño Soto.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 12
Martes 14 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 5774
sus competencias y funciones, en lo concerniente a la planificación, preparación y
respuesta ante situaciones de emergencia radiológica. Este acuerdo fue inscrito en el
Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) el 3 de febrero
de 2021.
Segundo.
Que la firma de este convenio y los compromisos asumidos por las partes en el
mismo, se han demostrado como herramienta fundamental en la consecución de los
objetivos y en la puesta en práctica y desarrollo de las actuaciones necesarias para la
planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.
En consecuencia, y en virtud de lo establecido en la cláusula décima del convenio de
colaboración, una vez evaluadas las necesidades técnicas y con el fin de dar continuidad
a la prestación del objeto de dicho convenio, las partes firmantes de esta prórroga
estiman necesario continuar con dicha colaboración por un nuevo período de cuatro
años más, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la prórroga.
Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un periodo de cuatro años, del
Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y la Consejería de Presidencia,
Portavocía, Acción Exterior y Emergencias de la comunidad autónoma de la Región de
Murcia, para el mejor ejercicio de sus competencias y funciones, en lo concerniente a la
planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.
La prórroga del citado convenio, por un periodo de cuatro años, conlleva la obligación
de las partes de respetar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el mismo, en
los términos y cuantías expresados en aquel, así como en los servicios a prestar o
mantener.
Segunda.
Régimen jurídico.
El presente acuerdo de prórroga tiene carácter administrativo, y al igual que el
convenio del que trae causa, se rige por lo dispuesto en el título preliminar, capítulo VI,
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo de
aplicación para dicha prórroga lo dispuesto en el artículo 49. g) 2.º de esta norma.
cve: BOE-A-2025-586
Verificable en https://www.boe.es
Las partes manifiestan su plena conformidad con el presente convenio, en Madrid,
a 2 de enero de 2025.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear, el Presidente, Juan Carlos
Lentijo Lentijo.–Por la Región de Murcia, el Consejero de Presidencia, Portavocía,
Acción Exterior y Emergencias, Marcos Ortuño Soto.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X