Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Entidades de seguros. (BOE-A-2025-580)
Orden ECM/1532/2024, de 27 de diciembre, de autorización administrativa de la fusión por absorción de Nortehispana de Seguros y Reaseguros, SA, por Occident GCO, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12

Martes 14 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 5732

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
580

Orden ECM/1532/2024, de 27 de diciembre, de autorización administrativa de
la fusión por absorción de Nortehispana de Seguros y Reaseguros, SA, por
Occident GCO, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.

Las entidades Occident GCO, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros y
Nortehispana de Seguros y Reaseguros SA, inscritas en el Registro administrativo de
entidades aseguradoras con las claves C0468 y C0275, respectivamente, han
presentado solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la operación de
fusión por absorción de la entidad Nortehispana de Seguros y Reaseguros SA por parte
de la entidad Occident GCO, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.
De la documentación que se adjunta a la solicitud presentada se concluye que se ha
dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 90 de la Ley 20/2015,
de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, y en los artículos 109 y 110 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de
noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y
reaseguradoras, para llevar a cabo la operación de fusión.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones, resuelvo:
Primero.
Autorizar, en los términos de la solicitud presentada, la fusión por absorción de la
entidad Nortehispana de Seguros y Reaseguros SA por parte de la entidad Occident
GCO, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.
Segundo.
Declarar la extinción y cancelación de la entidad Nortehispana de Seguros y
Reaseguros SA en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, regulado en el
artículo 40 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de
las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Tercero.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo
previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer con
carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la citada
Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en
el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 27 de diciembre de 2024.–El Ministro de Economía, Comercio y Empresa,
P.D. (Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre), el Secretario de Estado de Economía y
Apoyo a la Empresa, Israel Arroyo Martínez.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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La presente orden se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».