Ministerio Fiscal. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Ceses. (BOE-A-2025-550)
Decreto de 27 de diciembre de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se dispone el cese de doña María Lucía Gil Reguero como Fiscal Delegada de la Jurisdicción Civil de Lugo.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12

Martes 14 de enero de 2025

Sec. II.A. Pág. 5241

Segundo.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al cese
interesado.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal y de su reglamento, se acuerda:
1. Cesar a doña María Lucía Gil Reguero como Fiscal Delegada de la Jurisdicción
Civil de Lugo.
2. Notificar lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal de Sala de la
Jurisdicción Civil del Tribunal Supremo, al Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de
Galicia y al Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Lugo, que trasladará copia del
presente decreto a la Fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de todos los
Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el presente decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículo 13.2 EOMF; STS 20 de
julio de 2015 Rec. Cas. 2099/2014; Orden de Servicio Inspección Fiscal 24 de septiembre
de 2015), cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar
desde el día siguiente a su notificación, ante la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del
Estado (calle Fortuny núm. 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123
y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido
en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a
su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley, si se
dispusiera de legitimación para ello.

cve: BOE-A-2025-550
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 27 de diciembre de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X