Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-537)
Resolución de 3 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque eólico Arno, de 86,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Lugo», en los términos municipales de Riotorto, A Pastoriza, Meira, Pol y Castro de Rei.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Lunes 13 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 5201

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
537

Resolución de 3 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Parque eólico Arno, de 86,8 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de
Lugo», en los términos municipales de Riotorto, A Pastoriza, Meira, Pol y
Castro de Rei.
Antecedentes de hecho

Con fecha 27 de agosto de 2024, tiene entrada en esta Dirección General solicitud
de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Parque eólico Arno, de 86,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de
evacuación, en la provincia de Lugo», en los municipios de Riotorto, A Pastoriza, Meira,
Pol y Castro de Rei, promovido por Mowe Eólica 1, SLU, al amparo del Real Decretoley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias
económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla
de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
El proyecto consiste en la instalación de parque eólico Arno de 86,8 MW compuesto
por 18 aerogeneradores, más 4 posiciones de reserva, de 145 m de diámetro de rotor,
altura de torre hasta el buje entre 90 m y 102,5 m y altura máxima en punta de pala
entre 162,5 m y 175 m, 2 torres meteorológicas de 90 m de altura, y su infraestructura de
evacuación, que se inicia con la línea subterránea a 30 kV entre los aerogeneradores y
la subestación parque eólico Arno 30/132 kV. Desde esta subestación, incluida en el
proyecto, se proyecta una línea de evacuación aérea a 132 kV de 31,4 km de longitud,
con 132 apoyos de entre 11 m y 53 m de altura, hasta la subestación colectora
Ludrio 132/400 kV. Desde esta subestación proyectada, se plantea una línea de 244 m
en soterrado, hasta la subestación existente Ludrio 400 kV, propiedad de Red Eléctrica
España. Será necesario ejecutar 7,81 km de viales de nueva construcción y 4,52 km de
viales acondicionados o ampliados, con un total de 12,33 km en todo el parque. La
duración de las obras se estima en 18 meses y la vida útil de la instalación en 25 años.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 22. 3. b)
del Real Decreto-ley, son los siguientes:

La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con espacios
pertenecientes a la Red Natura 2000. La Zona de Especial Conservación (ZEC) más
cercana es la ES1120002 Río Eo, situada a 1,5 y 1,8 km de los aerogeneradores RES-01
y ARN-1 respectivamente, localizados al este del parque, ZEC con un mayor número de
tipos de hábitats inventariados dentro del grupo de humedales y corredores fluviales.
Cabe destacar, la presencia del fumarel común (Chlidonias niger), incluida con categoría
«En Peligro» en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) y el murciélago
ratonero grande (Myotis myotis) y el murciélago pequeño de herradura (Rhinolophus
hipposideros), catalogados como «Vulnerables» en el Catálogo Gallego de Especies
Amenazadas (CGEA), y el primero también en el CEEA.

cve: BOE-A-2025-537
Verificable en https://www.boe.es

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas
de protección y hábitats de interés comunitario.