Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-528)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Lunes 13 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 5124

– Con usuario y contraseña, conforme a las indicaciones recogidas en la sección de
Preguntas Frecuentes de la Sede Electrónica.
3.4 Los aspirantes con discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud. En tal
caso, podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios que estimen oportunas para
la realización de los ejercicios, expresando el motivo de estas.
3.5 Documentación: A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:
a)

Documentación acreditativa de requisitos académicos.

– Copia de la certificación expedida por el organismo competente en la que se
acredite el cumplimiento, de cualquiera de los requisitos establecidos en el punto 2.2 de
la base segunda de esta convocatoria.
Quien tuviera la condición de funcionario de carrera, perteneciente al Cuerpo de
Profesores Titulares de Universidad o de Catedráticos de Universidad, estará exento de
presentar la certificación a que se refiere el párrafo anterior. En su caso, presentará hoja
de servicios actualizada, expedida por el órgano de personal del organismo
correspondiente, para acreditar el tiempo transcurrido desde que obtuvo una plaza
mediante concurso de acceso en otra universidad.
Estará exento de aportar la hoja de servicios, el profesorado perteneciente a los
cuerpos docentes universitarios en servicio activo de la Universidad Politécnica de
Cartagena si en su solicitud autoriza a la universidad a recabar dicha información.
b) Documentación acreditativa de beneficios sobre las tasas aplicables:
– Las personas aspirantes que acrediten bonificaciones por «desempleo» de la tasa
por derecho de participación, deberán presentar copia de la certificación de los servicios
públicos de empleo de encontrarse en situación de desempleo, expedida durante el
plazo de presentación de solicitudes.
– Quien abone la tasa por «Carné joven», deberá acompañar a la solicitud fotocopia
del «Carné joven» expedido por el órgano competente de la Administración Regional.
– Los aspirantes que pertenezcan a familia numerosa de categoría general deberán
presentar el título que lo acredite.
Documentación acreditativa de exenciones sobre las tasas aplicables:

– Las personas aspirantes con discapacidad deberán acreditar el grado de
discapacidad mediante documento expedido por órgano competente, de conformidad
con lo establecido en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se
determina la consideración de persona con discapacidad.
– Las personas aspirantes que pertenezcan a familia numerosa de categoría
especial deberán presentar el título que lo acredite.
– Las personas aspirantes que ostenten la condición de víctimas del terrorismo
deberán presentar documento expedido por el Ministerio del Interior que certifique esa
condición, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de
Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.
– Las personas aspirantes que hayan sido víctimas de violencia de género deberán
presentar documento firmado por la autoridad competente que acredite dicha condición,
de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de medidas de protección integral frente a la violencia de género.
d) Documentación acreditativa de estar en condiciones para el desempeño de la
plaza para aspirantes con discapacidad. Las personas aspirantes con discapacidad
deberán presentar certificación acreditativa de hallarse en condiciones de desempeñar la
plaza objeto de esta convocatoria, expedida por el IMAS u órgano equivalente.
Serán motivos de exclusión, entre otros, no acreditar de forma suficiente la posesión
de los requisitos exigidos para la plaza convocada y presentar la solicitud fuera del plazo
establecido.

cve: BOE-A-2025-528
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c)