Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Operaciones de tesorería. (BOE-B-2025-769)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura por el que se publica la Resolución del Director General de Carreteras, por la que se aprueba provisionalmente y se somete a información pública a los efectos de lo previsto en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, el Proyecto de Trazado del Modificado nº 1 de la Obra: "Autovía a A-58 Trujillo - Cáceres – Badajoz. Tramo: A-66 – Río Ayuela", de Clave 12-CC-3590. Provincia de Cáceres.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 1254
de 29 de septiembre, de carreteras, e incluye los documentos con la extensión y el
contenido que el autor del proyecto ha considerado necesarios para cumplir con lo
indicado en artículo 28 del Reglamento General de Carreteras, aprobado por el
Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, a excepción del presupuesto, que,
debido al objeto de este Proyecto de Trazado, no es necesario incluir.
En aplicación del artículo 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
carreteras, y de acuerdo con lo indicado en la Orden Circular 22/2007 sobre
Instrucciones complementarias para tramitación de proyectos, la relación concreta
e individualizada de los bienes o derechos de necesaria ocupación definidos en el
proyecto de trazado deberá someterse al trámite de información pública en
cumplimiento de los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de
16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.
El presupuesto estimado adicional para las expropiaciones es de 477.198,19 €.
El presupuesto base de licitación del proyecto se estima en 93.863.383,86
euros, que incluye la cantidad de 16.290.339,35 € en concepto de I.V.A. (21 %).
Visto lo anterior, esta Dirección General de Carreteras resuelve:
1. Aprobar provisionalmente el Proyecto de Trazado de la Modificación nº 1 de
la obra "AUTOVÍA A-58 TRUJILLO-CÁCERES-BADAJOZ. TRAMO: A-66 –RÍO
AYUELA" redactado con fecha diciembre de 2024.
2. Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo
12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, por lo que el presente
trámite tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente
ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.
3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura,
se proceda a incoar el expediente de información pública del citado proyecto, de
acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de cuanto establece la
Orden Circular 22/07 sobre Instrucciones complementarias para tramitación de
Proyectos, así como:
· Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su
Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos
para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de
fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo
es a los efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos
afectados.
La aprobación definitiva del proyecto trazado, en su caso, implicará la
declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes,
modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines
de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de
servidumbres
El plazo de información pública será de veinte (20) días hábiles contados a
partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones
reglamentarias.
cve: BOE-B-2025-769
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 11
Lunes 13 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 1254
de 29 de septiembre, de carreteras, e incluye los documentos con la extensión y el
contenido que el autor del proyecto ha considerado necesarios para cumplir con lo
indicado en artículo 28 del Reglamento General de Carreteras, aprobado por el
Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, a excepción del presupuesto, que,
debido al objeto de este Proyecto de Trazado, no es necesario incluir.
En aplicación del artículo 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
carreteras, y de acuerdo con lo indicado en la Orden Circular 22/2007 sobre
Instrucciones complementarias para tramitación de proyectos, la relación concreta
e individualizada de los bienes o derechos de necesaria ocupación definidos en el
proyecto de trazado deberá someterse al trámite de información pública en
cumplimiento de los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de
16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.
El presupuesto estimado adicional para las expropiaciones es de 477.198,19 €.
El presupuesto base de licitación del proyecto se estima en 93.863.383,86
euros, que incluye la cantidad de 16.290.339,35 € en concepto de I.V.A. (21 %).
Visto lo anterior, esta Dirección General de Carreteras resuelve:
1. Aprobar provisionalmente el Proyecto de Trazado de la Modificación nº 1 de
la obra "AUTOVÍA A-58 TRUJILLO-CÁCERES-BADAJOZ. TRAMO: A-66 –RÍO
AYUELA" redactado con fecha diciembre de 2024.
2. Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo
12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, por lo que el presente
trámite tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente
ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.
3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura,
se proceda a incoar el expediente de información pública del citado proyecto, de
acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de cuanto establece la
Orden Circular 22/07 sobre Instrucciones complementarias para tramitación de
Proyectos, así como:
· Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su
Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos
para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de
fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo
es a los efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos
afectados.
La aprobación definitiva del proyecto trazado, en su caso, implicará la
declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes,
modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines
de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de
servidumbres
El plazo de información pública será de veinte (20) días hábiles contados a
partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones
reglamentarias.
cve: BOE-B-2025-769
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 11