Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-462)
Canje de Notas mediante el que se extiende la aplicación de las disposiciones del Acuerdo de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) entre las Partes del Tratado Atlántico sobre el Estatuto de sus Fuerzas a determinados miembros de las Fuerzas Aéreas Canadienses y personas a su cargo, hecho en Madrid el 20 de diciembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 11 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 4876

Número de pasaporte: (oculto por protección de datos personales).
Fecha de caducidad: (oculta por protección de datos personales).
– Una Suboficial Major (Master Warrant Officer):
Nombre: (oculto por protección de datos personales).
Cargo: Suboficial Mayor.
Fecha de nacimiento: (oculta por protección de datos personales).
Número de pasaporte: (oculto por protección de datos personales).
Fecha de caducidad: (oculta por protección de datos personales).
El contrato con Airbus prevé que, de ser necesario, un tercer miembro de la RCAF
podrá unirse al STTC Det. Llegado el caso que un tercer miembro se una, los detalles de
dicho miembro les serán enviados, al igual que los detalles de los remplazos en caso de
que los hubiera.
La Embajada también desea informar al Ministerio que el Gobierno de Canadá
solicita al Gobierno del Reino de España que las disposiciones del Acuerdo de la
Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) entre las Partes del Tratado
Atlántico sobre el Estatuto de sus Fuerzas (Acuerdo SOFA de la OTAN, del 19 de
junio 1951) se apliquen a los miembros de las CAF anteriormente mencionados y a las
personas a su cargo durante su estancia en España en el período comprendido entre
el 1 de agosto de 2024 y el 31 de diciembre de 2030 o culminación del proyecto.
La Embajada desea también solicitar que el Acuerdo SOFA de la OTAN se aplique a los
sustitutos de los miembros anteriormente mencionados cuando sean rotados y a las
personas a su cargo durante el periodo del 1 de agosto de 2024 al 31 de diciembre de 2030
o culminación del proyecto. Dichos sustitutos también serían miembros de las CAF.
La Embajada reconoce que los miembros y sus personas a cargo no pueden
acogerse a las disposiciones del Protocolo sobre el Estatuto de las Sedes Militares
Internacionales establecido en virtud del Tratado del Atlántico Norte (Protocolo de París,
de 28 de agosto de 1952). El Gobierno de Canadá está de acuerdo en que, puesto que
la misión no se desarrolla dentro de una sede militar, el Protocolo de París de 1952 no es
aplicable.
La Embajada solicita respetuosamente que el Ministerio confirme su acuerdo con
esta situación mediante una nota de respuesta.
La Embajada de Canadá aprovecha esta ocasión para reiterar al Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación el testimonio de su más alta consideración.
Madrid, 20 de diciembre de 2024.
Al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación – Madrid.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación saluda
atentamente a la Embajada de Canadá en Madrid y tiene el honor de acusar recibo de su
Nota Verbal número 201 de 20 de diciembre de 2024:
«NOTA VERBAL
N.º 201
La Embajada saluda atentamente al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, e
informa al Ministerio que el Gobierno de Canadá desea hacer una nueva solicitud al
Gobierno del Reino de España, similar al canje de notas de 2017, para autorizar la entrada
y estadía en España de miembros de las Fuerzas Armadas Canadienses (CAF) y
personas a su cargo a partir de agosto de 2024. Estas personas vienen para dar apoyo a
la Oficina de Gestión de Proyectos (PMO) para el Proyecto Strategic Tanker Transport
Capability (STTC), y trabajarán en las instalaciones de Airbus en España hasta el 31 de
diciembre o hasta la culminación del proyecto. Tal y como el Ministerio sabe, este contrato

cve: BOE-A-2025-462
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Núm. 10