Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2025-343)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de marzo de 2024, por el que se declara «Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil» el territorio afectado como consecuencia de los incendios forestales, un incendio urbano, inundaciones y otros fenómenos de distinta naturaleza acaecidos entre el 21 de junio de 2023 y el 26 de febrero de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6
Martes 7 de enero de 2025
Núm. proyecto
Sec. III. Pág. 3759
Presupuesto de la obra
proyectada
–
Euros
Entidad ejecutora
Importe de subvención
asignada
–
Euros
280
Ayuntamiento de Murillo de Río Leza.
139.210,81
69.605,40
286
Ayuntamiento de Huércanos.
325.313,34
162.656,67
287
Ayuntamiento de Huércanos.
1.550,92
775,46
290
Ayuntamiento de Huércanos.
91.937,87
45.968,93
293
Ayuntamiento de Huércanos.
41.774,96
20.887,48
294
Ayuntamiento de Huércanos.
134.512,00
67.256,00
298
Ayuntamiento de Fuenmayor.
14.000,00
7.000,00
1.490.444,63
689.586,23
1.490.444,63
689.586,23
13.497.762,05
6.611.035,84
SUMA GOBIERNO DE LA RIOJA
TOTAL RIOJA, LA
TOTAL CONVOCATORIA
Observaciones
1y2
1y2
Detalle de las observaciones:
1. Descontados del importe financiable los gastos que no son subvencionables de
acuerdo con lo previsto en los artículos 4 y 6 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero,
por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37, de 12 de febrero de 2015)
y en el apartado segundo de la resolución de convocatoria.
2. Corregido el presupuesto de la obra proyectada, por contener errores materiales,
de hecho o aritméticos.
3. El importe del presupuesto de la obra proyectada que se indica, incorpora las
modificaciones y/o rectificaciones de errores materiales, de hecho o aritméticos,
practicadas en el periodo de subsanación.
4. Reducido el importe financiable del proyecto, en aplicación de los límites de
financiación establecidos en el artículo 10 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero,
por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37, de 12 de febrero de 2015),
en relación con el apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 5 de marzo
de 2024 por el que se declara la «Zona afectada gravemente por una emergencia de
Protección Civil» y el apartado sexto.2 de la resolución de convocatoria.
ANEXO II
Relación de solicitudes desestimadas
Núm. proyecto
Entidad
Motivo desestimación
ASTURIAS, PRINCIPADO DE
GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Gobierno del Principado de Asturias.
1
CASTILLA Y LEÓN
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA
9
Ayuntamiento de Mancera de Arriba.
2y7
55
Ayuntamiento de Albornos.
1
56
Ayuntamiento de Albornos.
1
58
Ayuntamiento de Blascomillán.
2y7
cve: BOE-A-2025-343
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 6
Martes 7 de enero de 2025
Núm. proyecto
Sec. III. Pág. 3759
Presupuesto de la obra
proyectada
–
Euros
Entidad ejecutora
Importe de subvención
asignada
–
Euros
280
Ayuntamiento de Murillo de Río Leza.
139.210,81
69.605,40
286
Ayuntamiento de Huércanos.
325.313,34
162.656,67
287
Ayuntamiento de Huércanos.
1.550,92
775,46
290
Ayuntamiento de Huércanos.
91.937,87
45.968,93
293
Ayuntamiento de Huércanos.
41.774,96
20.887,48
294
Ayuntamiento de Huércanos.
134.512,00
67.256,00
298
Ayuntamiento de Fuenmayor.
14.000,00
7.000,00
1.490.444,63
689.586,23
1.490.444,63
689.586,23
13.497.762,05
6.611.035,84
SUMA GOBIERNO DE LA RIOJA
TOTAL RIOJA, LA
TOTAL CONVOCATORIA
Observaciones
1y2
1y2
Detalle de las observaciones:
1. Descontados del importe financiable los gastos que no son subvencionables de
acuerdo con lo previsto en los artículos 4 y 6 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero,
por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37, de 12 de febrero de 2015)
y en el apartado segundo de la resolución de convocatoria.
2. Corregido el presupuesto de la obra proyectada, por contener errores materiales,
de hecho o aritméticos.
3. El importe del presupuesto de la obra proyectada que se indica, incorpora las
modificaciones y/o rectificaciones de errores materiales, de hecho o aritméticos,
practicadas en el periodo de subsanación.
4. Reducido el importe financiable del proyecto, en aplicación de los límites de
financiación establecidos en el artículo 10 de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero,
por la que se aprueban las bases reguladoras (BOE núm. 37, de 12 de febrero de 2015),
en relación con el apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 5 de marzo
de 2024 por el que se declara la «Zona afectada gravemente por una emergencia de
Protección Civil» y el apartado sexto.2 de la resolución de convocatoria.
ANEXO II
Relación de solicitudes desestimadas
Núm. proyecto
Entidad
Motivo desestimación
ASTURIAS, PRINCIPADO DE
GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
Gobierno del Principado de Asturias.
1
CASTILLA Y LEÓN
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA
9
Ayuntamiento de Mancera de Arriba.
2y7
55
Ayuntamiento de Albornos.
1
56
Ayuntamiento de Albornos.
1
58
Ayuntamiento de Blascomillán.
2y7
cve: BOE-A-2025-343
Verificable en https://www.boe.es
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