Cortes Generales. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-311)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Presidencia del Congreso de los Diputados, por la que se convoca la provisión de plazas de Programador/a en la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Martes 7 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 3634

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

CORTES GENERALES
311

Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Presidencia del Congreso de
los Diputados, por la que se convoca la provisión de plazas de
Programador/a en la Dirección de Tecnologías de la Información y de las
Comunicaciones.

Primera.

Régimen jurídico.

El régimen jurídico de este puesto de trabajo será el laboral. El contrato será por
tiempo indefinido una vez superado el período de prueba en los términos del artículo 14
del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 8.3 del vigente Convenio Colectivo,
BOCG-12-D-455.PDF. La remuneración será la establecida en dicho Convenio Colectivo
del personal laboral del Congreso de los Diputados.

cve: BOE-A-2025-311
Verificable en https://www.boe.es

En ejecución de lo acordado por la Mesa del Congreso de los Diputados en su
reunión celebrada el día 17 de diciembre de 2024, de conformidad con lo establecido en
el artículo 7.4.º del vigente Convenio Colectivo del personal laboral del Congreso de los
Diputados, y no habiéndose cubierto en el proceso de selección interno ninguna de las
plazas de la convocatoria interna de 17 de julio de 2024, se procede a la convocatoria
pública para la provisión, en régimen de contratación laboral, de catorce plazas vacantes
de Programador/a con destino en la Dirección de Tecnologías de la Información y de las
Comunicaciones de la Secretaría General del Congreso de los Diputados.
Asimismo, del total de las plazas convocadas, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 8.2 del vigente Convenio Colectivo del personal laboral del Congreso de los
Diputados, se reserva una plaza para su provisión entre personas con discapacidad de
grado igual o superior al treinta y tres por ciento, siempre que reúna los requisitos de la
convocatoria, supere las pruebas selectivas y, en su momento, acredite el indicado grado
de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones
correspondientes. La plaza correspondiente a este cupo que no se cubra incrementará el
turno general. En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se
haya presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero
no obtuviera plaza por dicho cupo de reserva, y su puntuación fuera superior a la
obtenida por los aspirantes del turno general que pudieran obtener plaza, será incluido
por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre
mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres, así como lo establecido en el I Plan de Igualdad de las
Cortes Generales aprobado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado
en reunión conjunta celebrada el 6 de marzo de 2020 y Resolución de 15 de marzo
de 2024 del Letrado Mayor de las Cortes Generales, por la que se hace público el
acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados y el acuerdo de la Mesa del Senado,
adoptados en sus reuniones de fecha de 12 de marzo de 2024, en los que se aprueban
medidas de protección de las víctimas de violencia de género que participen en los
procesos selectivos en el ámbito de las Cortes Generales, y se ajustará a las siguientes
bases: