Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-300)
Sala Primera. Sentencia 150/2024, de 2 de diciembre de 2024. Recurso de amparo 1845-2024. Promovido por doña María Gorriarán Arteaga en relación con las resoluciones administrativas y judiciales que desestimaron su petición de revisión y ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de hijo menor, como madre biológica de familia monoparental. Vulneración del derecho a no padecer discriminación por razón de nacimiento: resoluciones judiciales y administrativas que aplican una regulación legal declarada inconstitucional en la STC 140/2024, en tanto que omite la posibilidad de que las madres biológicas de familias monoparentales, trabajadoras por cuenta ajena, puedan ampliar su permiso por nacimiento disfrutando del permiso que correspondería al otro progenitor, caso de existir.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Lunes 6 de enero de 2025

Sec. TC. Pág. 3594

2.º Declarar la nulidad de la resolución de 19 de mayo de 2021 del director
provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que desestimó la petición de
revisión y ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de su hijo menor; la
sentencia núm. 498/2021, de 16 de noviembre, del Juzgado de lo Social núm. 3 de
Bilbao (autos núm. 627-2021); la sentencia de 12 de julio de 2022, de la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (recurso de suplicación núm. 312-2022);
y la sentencia núm. 265/2024, de 9 de febrero, de la Sala de lo Social del Tribunal
Supremo (recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 4431-2022) que
estimó el recurso presentado por la representación del INSS y la Tesorería General de la
Seguridad Social, desestimando la demanda inicial presentada.
3.º Retrotraer las actuaciones al momento previo al dictado de la resolución de 19
de mayo de 2021 (INSS), a fin de que, en los términos expuestos en el último párrafo del
fundamento jurídico 3, se dicte otra respetuosa con el derecho de la recurrente cuya
vulneración ha sido declarada.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-300
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Dada en Madrid, a dos de diciembre de dos mil veinticuatro.–Cándido CondePumpido Tourón.–Ricardo Enríquez Sancho.–Concepción Espejel Jorquera.–María
Luisa Segoviano Astaburuaga.–Juan Carlos Campo Moreno.–José María Macías
Castaño.–Firmado y rubricado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X