Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-272)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y R-Inicia-T, para el desarrollo de talleres y programas de intervención en el medio abierto y en el ámbito de las penas y medidas alternativas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5
Lunes 6 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 3349
Por lo expuesto, se acuerda suscribir el presente convenio que se regirá por las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto la efectiva puesta en marcha de Talleres y
Programas de Intervención que podrá estar dirigido tanto a condenados a privación de
libertad en régimen de tercer grado, como a aquellos condenados a penas y medidas
alternativas.
Segunda. Compromisos que asume la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, a través de la Subdirección
General de Medio Abierto y Penas y Medidas Alternativas, se compromete a:
1. Posibilitar el desarrollo del taller o programa de intervención, mediante la
derivación de los casos de penados con sometimiento a esta regla de conducta,
por condenas a medidas y penas alternativas, y aquellos internos condenados a
privación de libertad que así lo requieran.
2. Colaborar en la formación de los especialistas necesarios para la adecuada
aplicación del taller o programa de intervención a desarrollar.
3. Facilitar el material de trabajo, la metodología de aplicación y los instrumentos
necesarios para el desarrollo del taller o programa.
4. Establecer un plan de seguimiento, evaluación y control de la calidad del taller
o programa.
5. Coordinar e integrar todas las actuaciones realizadas, a fin de dar fiel
cumplimiento del taller o programa a los destinatarios del mismo.
6. Adoptar las medidas de seguridad oportunas cuando el programa o taller se
desarrolle en un Centro de Inserción Social.
Tercera. Compromisos que asume la Asociación.
La Asociación se compromete a:
1. Desarrollar los Talleres y Programas conforme al modelo y programa marco
establecido por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
2. Aportar a los profesionales adecuados y necesarios para el desarrollo del Taller/
Programa objeto del presente convenio.
Cuarta.
Obligaciones económicas o contractuales.
Quinta.
Recursos humanos.
El presente convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral entre
las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del
mismo.
cve: BOE-A-2025-272
Verificable en https://www.boe.es
Del presente convenio no se generarán obligaciones de carácter económico para
ninguna de las partes.
Asimismo, en ningún caso se derivarán relaciones de naturaleza laboral, contractual,
funcionarial o estatuaria entre los profesionales que realicen los talleres o programas y la
Administración Penitenciaria.
Núm. 5
Lunes 6 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 3349
Por lo expuesto, se acuerda suscribir el presente convenio que se regirá por las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto la efectiva puesta en marcha de Talleres y
Programas de Intervención que podrá estar dirigido tanto a condenados a privación de
libertad en régimen de tercer grado, como a aquellos condenados a penas y medidas
alternativas.
Segunda. Compromisos que asume la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, a través de la Subdirección
General de Medio Abierto y Penas y Medidas Alternativas, se compromete a:
1. Posibilitar el desarrollo del taller o programa de intervención, mediante la
derivación de los casos de penados con sometimiento a esta regla de conducta,
por condenas a medidas y penas alternativas, y aquellos internos condenados a
privación de libertad que así lo requieran.
2. Colaborar en la formación de los especialistas necesarios para la adecuada
aplicación del taller o programa de intervención a desarrollar.
3. Facilitar el material de trabajo, la metodología de aplicación y los instrumentos
necesarios para el desarrollo del taller o programa.
4. Establecer un plan de seguimiento, evaluación y control de la calidad del taller
o programa.
5. Coordinar e integrar todas las actuaciones realizadas, a fin de dar fiel
cumplimiento del taller o programa a los destinatarios del mismo.
6. Adoptar las medidas de seguridad oportunas cuando el programa o taller se
desarrolle en un Centro de Inserción Social.
Tercera. Compromisos que asume la Asociación.
La Asociación se compromete a:
1. Desarrollar los Talleres y Programas conforme al modelo y programa marco
establecido por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
2. Aportar a los profesionales adecuados y necesarios para el desarrollo del Taller/
Programa objeto del presente convenio.
Cuarta.
Obligaciones económicas o contractuales.
Quinta.
Recursos humanos.
El presente convenio no generará ningún tipo de vínculo contractual ni laboral entre
las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen las actividades propias del
mismo.
cve: BOE-A-2025-272
Verificable en https://www.boe.es
Del presente convenio no se generarán obligaciones de carácter económico para
ninguna de las partes.
Asimismo, en ningún caso se derivarán relaciones de naturaleza laboral, contractual,
funcionarial o estatuaria entre los profesionales que realicen los talleres o programas y la
Administración Penitenciaria.