Ministerio de Trabajo y Economía Social. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Subinspectores Laborales. (BOE-A-2025-253)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Subinspectores Laborales, Escala de Empleo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 3162

Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así
como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.
4.18 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con
la finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para
ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
4.19 El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán
respetando la seudoanonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
4.20 La Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios
es responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos
en https://sede.mites.gob.es/inicio/protdatos.
4.21 Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer
dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica a través de la sede
electrónica señalada o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en
materia de registros.
4.22 En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados
podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.
5. Admisión de aspirantes
5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará
resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que declarará aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en
el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en el apartado 1.1, se indicará
la relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran
expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas,
así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
5.2 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles
computados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial
del Estado» para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión
u omisión.
5.3 Finalizado dicho plazo, se expondrá la relación definitiva de personas admitidas
y excluidas en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
6.

Proceso selectivo

6.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para las
personas aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema
de concurso-oposición para aquellas que lo hagan por el turno de acceso por promoción
interna, con las valoraciones, ejercicios y calificaciones que se especifican en este
apartado.
6.2 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo, cuyo contenido y
desarrollo diferirá de lo valorado en las fases previas. Para la realización de este curso
selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición y, en su
caso, la de concurso serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad
convocante.

cve: BOE-A-2025-253
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 5