Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-228)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Hibridación del parque eólico PE Escatrón Eólico Dos, de 18,3 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación asociada».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Sábado 4 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 2973

incidencia por colisión con los aerogeneradores y la abundancia de llamadas durante la
realización del estudio, se puede concluir que las especies Hypsugo savii, Pipistrellus
kuhlii, Pipistrellus pipistrellus, Pipistrellus pygmaeus y Tadarida teniotis, todas incluidas
en el LESRPE, son las especies que potencialmente tienen un mayor riesgo de impacto
por la implementación de los aerogeneradores proyectados.
3.

Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral.

El parque eólico Escatrón se sitúa en la cuenca del río Ebro y en la cuenca de su
afluente, el río Martín, afectando solo a barrancos de pequeña entidad. La práctica
inexistencia de recursos de agua subterránea unido a la disponibilidad de aguas
superficiales son los factores más influyentes en el limitado aprovechamiento de estas
aguas subterráneas.
El área de emplazamiento y su línea de evacuación soterrada no se sitúan sobre
ninguna zona vulnerable a la contaminación de las masas de agua por nitratos de origen
agrario.
El ámbito del PE Escatrón se encuentra en una zona no afectada por avenidas, ni tan
siquiera de probabilidad baja o excepcional, asociadas a periodos de retorno de
quinientos años, según la información extraída del Ministerio para la Transición Ecológica
y de la Confederación Hidrográfica del Ebro. Las zonas con riesgo de inundación en la
zona de estudio se circunscriben al cauce del río Martín.
El tránsito de vehículos y la operación y mantenimiento de la maquinaria implicada
en las obras suponen cierto riesgo de contaminación por vertidos accidentales de
combustibles, lubricantes y fluidos hidráulicos, así como por el hormigonado de las
plataformas de los aerogeneradores. El proyecto contempla la disposición, durante la
fase de obras, de un sistema de recogida de aceites, grasas y lubricantes, se prohíbe el
vertido de sustancias no autorizadas y se dispone de gestores autorizados para todos los
productos señalados. Del mismo modo, pueden producirse vertidos accidentales por
posibles fugas puntuales de la maquinaria, una incorrecta gestión de las aguas
residuales o accidentes de los aseos químicos de obra que se instalen.
Por otro lado, no se requerirá de instalaciones de suministro de agua o de
canalizaciones de las aguas residuales producidas, optándose por el emplazamiento de
aseos químicos con depósitos estancos para su retirada por un gestor autorizado.
Afección por generación de residuos.

El anexo IX «Gestión de Residuos» del estudio de impacto ambiental estima los
residuos generados en la obra, a partir de las dimensiones del proyecto, en función del peso
de materiales integrantes de cada unidad de obra, determinando el peso de los restos de
los materiales sobrantes y del embalaje de los productos suministrados. En relación a los
residuos peligrosos, se estima un total 605 t de peso y un volumen de 868 m3,
correspondiéndose principalmente con tierras y piedras que contienen sustancias peligrosas
(LER 17 05 03*), absorbentes contaminados (LER 15 02 02*), y envases vacíos de metal o
plástico contaminados (LER 15 01 10*). En relación con los residuos de construcción de
naturaleza no pétrea, se han calculado un total de 770 t de peso y un volumen aproximado
de 807 m3, en los que destacan los residuos de asfalto (LER 17 03 02), hierro y acero
(LER 17 04 05) o madera (LER 17 02 01). En cuanto a los residuos de naturaleza pétrea, se
han considerado un total de 4.125 t de peso y un volumen de 2.750 m3, constituido
principalmente por restos de hormigón (LER 17 01 01), ladrillos (LER 17 01 02) o tejas y
materiales cerámicos (LER 17 01 03).
Se contempla reutilización o valorización de residuos como metales o maderas que
se depositarán en contenedores o en sacos independientes para facilitar su posterior
gestión. Aquellos que no puedan ser reutilizados, serán almacenados en los
contenedores y recogidos por una empresa gestora de residuos autorizada por el
Gobierno de Aragón. Los residuos no peligrosos se almacenarán temporalmente en
contenedores metálicos o sacos industriales según el volumen generado previsto, en la

cve: BOE-A-2025-228
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4.