Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2025-77)
Texto enmendado de los Anejos A y B del Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2025) con las Enmiendas adoptadas durante las sesiones 111.ª, 112.ª, 113.ª, 114.ª y 115.ª del Grupo de trabajo de transportes de mercancías peligrosas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 1081
CAPÍTULO 1.2
DEFINICIONES, UNIDADES DE MEDIDA Y ABREVIATURAS
Definiciones
NOTA: En esta sección figuran todas las definiciones de orden general o específico.
En el ADR se entiende por:
A
“A través de o dentro de”, para el transporte de materias radiactivas, significa a través o dentro de los
países en que se realiza un envío, pero excluye de forma expresa los países “sobre” los que un envío se
efectúa por vía aérea, siempre que no haya escalas en esos países;
"Acero de referencia", acero con una resistencia a la tracción de 370 N/mm² y un alargamiento a la
ruptura del 27 %;
"Acero dulce", acero cuyo límite mínimo de la resistencia a la ruptura por tracción está comprendido
entre 360 N/mm² y 440 N/mm²;
NOTA: Para las cisternas portátiles, véase el capítulo 6.7.
"Aerosol o Generador de aerosol", un objeto constituido por un recipiente no recargable que responde
a las disposiciones en 6.2.6, hecho de metal, vidrio o plástico que contiene un gas comprimido, licuado
o disuelto a presión, con o sin líquido, pasta o polvo, y equipado con un dispositivo de disparo que
permite expulsar el contenido en forma de partículas sólidas o líquidas en suspensión en un gas, o en
forma de espuma, de pasta o de polvo, o en estado líquido o gaseoso;
"Aprobación”
“Aprobación multilateral”, para transporte de materias radiactivas, se refiere a la aprobación por
parte de la autoridad competente del país de origen del diseño o de la expedición, según sea
aplicable, y por parte de la autoridad competente de cada país a través del cual o del que se
transporte la remesa;
“Aprobación unilateral”, para el transporte de materias radiactivas, se refiere a la aprobación de
un diseño que tiene que dar la autoridad competente del país de origen del diseño exclusivamente.
Si el país de origen no es una Parte contratante de ADR, la aprobación requerirá un refrendo por
parte de la autoridad competente de un país Parte contratante de ADR (véase 6.4.22.8);
"Aseguramiento de la calidad", un programa sistemático de controles y de inspecciones aplicado por
toda organización o todo organismo y dirigido a ofrecer una garantía apropiada de que las disposiciones
de seguridad del ADR sean respetadas en la práctica;
"Aseguramiento de la conformidad" (materia radiactiva), un programa sistemático de medidas aplicado
por una autoridad competente con el objetivo de garantizar que las disposiciones del ADR sean
respetadas en la práctica;
"Autoridad competente", la/s autoridad/es o cualquier organismo/s designado/s como tal/es en cada
Estado y en cada caso en particular según el derecho nacional.
B
"Bandeja" (clase 1), hoja de metal, plástico, cartón o cualquier otro material apropiado, colocada en los
envases interiores, intermedios o exteriores que permite una colocación ajustada en dichos envases. La
superficie de la bandeja puede ser modelada de forma que los envases o los objetos puedan ser insertados
con seguridad y separados los unos de los otros;
cve: BOE-A-2025-77
Verificable en https://www.boe.es
1.2.1
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 1081
CAPÍTULO 1.2
DEFINICIONES, UNIDADES DE MEDIDA Y ABREVIATURAS
Definiciones
NOTA: En esta sección figuran todas las definiciones de orden general o específico.
En el ADR se entiende por:
A
“A través de o dentro de”, para el transporte de materias radiactivas, significa a través o dentro de los
países en que se realiza un envío, pero excluye de forma expresa los países “sobre” los que un envío se
efectúa por vía aérea, siempre que no haya escalas en esos países;
"Acero de referencia", acero con una resistencia a la tracción de 370 N/mm² y un alargamiento a la
ruptura del 27 %;
"Acero dulce", acero cuyo límite mínimo de la resistencia a la ruptura por tracción está comprendido
entre 360 N/mm² y 440 N/mm²;
NOTA: Para las cisternas portátiles, véase el capítulo 6.7.
"Aerosol o Generador de aerosol", un objeto constituido por un recipiente no recargable que responde
a las disposiciones en 6.2.6, hecho de metal, vidrio o plástico que contiene un gas comprimido, licuado
o disuelto a presión, con o sin líquido, pasta o polvo, y equipado con un dispositivo de disparo que
permite expulsar el contenido en forma de partículas sólidas o líquidas en suspensión en un gas, o en
forma de espuma, de pasta o de polvo, o en estado líquido o gaseoso;
"Aprobación”
“Aprobación multilateral”, para transporte de materias radiactivas, se refiere a la aprobación por
parte de la autoridad competente del país de origen del diseño o de la expedición, según sea
aplicable, y por parte de la autoridad competente de cada país a través del cual o del que se
transporte la remesa;
“Aprobación unilateral”, para el transporte de materias radiactivas, se refiere a la aprobación de
un diseño que tiene que dar la autoridad competente del país de origen del diseño exclusivamente.
Si el país de origen no es una Parte contratante de ADR, la aprobación requerirá un refrendo por
parte de la autoridad competente de un país Parte contratante de ADR (véase 6.4.22.8);
"Aseguramiento de la calidad", un programa sistemático de controles y de inspecciones aplicado por
toda organización o todo organismo y dirigido a ofrecer una garantía apropiada de que las disposiciones
de seguridad del ADR sean respetadas en la práctica;
"Aseguramiento de la conformidad" (materia radiactiva), un programa sistemático de medidas aplicado
por una autoridad competente con el objetivo de garantizar que las disposiciones del ADR sean
respetadas en la práctica;
"Autoridad competente", la/s autoridad/es o cualquier organismo/s designado/s como tal/es en cada
Estado y en cada caso en particular según el derecho nacional.
B
"Bandeja" (clase 1), hoja de metal, plástico, cartón o cualquier otro material apropiado, colocada en los
envases interiores, intermedios o exteriores que permite una colocación ajustada en dichos envases. La
superficie de la bandeja puede ser modelada de forma que los envases o los objetos puedan ser insertados
con seguridad y separados los unos de los otros;
cve: BOE-A-2025-77
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