Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-130)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, el Instituto Nacional de Estadística, O.A., y el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., para el desarrollo, la aplicación y el análisis del programa internacional para la evaluación de las competencias de la población adulta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 2418
Actuaciones de las partes.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y el Servicio Público
de Empleo Estatal (SEPE), actuarán conjuntamente, a través de los organismos citados
en el punto 8 de la exposición, en las actividades que se deriven de la aplicación en
España de este programa de carácter internacional, y que a modo de resumen se
relacionan a continuación:
– Implementación de modificaciones en los instrumentos del estudio (digital y papel)
según lo requerido por la OCDE, a través del Consorcio Internacional PIAAC.
– Traducción y adaptación de dichas modificaciones a las cinco lenguas cooficiales
del Estado español.
– Revisión y adaptación del cuestionario de contexto y de las pruebas cognitivas
para el nuevo ciclo del PIAAC en cada una de las lenguas cooficiales.
– Verificación de la aplicación informática diseñada para la recogida de datos del
estudio PIAAC tanto del cuestionario de antecedentes como de los instrumentos
cognitivos.
– Seguimiento y control de calidad de la aplicación de la encuesta.
– Preparación de la documentación necesaria para convocar la licitación para la
contratación de los trabajos de campo del PIAAC.
– Asistencia a las reuniones internacionales convocadas por la OCDE de los países
participantes en el PIAAC: BPC (Board of Participaiting Countries), NPM (National
Project Manager), NSM (National Sampling Manager) y NDM (National Data Manager).
– Actualización de la información, cumplimiento de los estándares previstos, seguimiento
de las tareas a realizar y resolución de problemas en permanente comunicación con el
Consorcio Internacional responsable del proyecto y con la OCDE.
– Estimular el conocimiento y el interés en PIAAC, mediante su adecuada difusión
pública.
– Facilitar el acceso y la utilización de los datos recogidos en el PIAAC.
– Custodia de los datos obtenidos.
El Instituto Nacional de Estadística se compromete a proporcionar el apoyo y
asesoramiento metodológico necesario para el desarrollo de la encuesta, concretado en
lo siguiente:
Las unidades del MEFPD implicadas en el proyecto, con la colaboración del SEPE,
realizarán la programación de los trabajos de recogida de datos, de acuerdo con los
plazos establecidos por la OCDE, y llevarán a cabo la preparación y edición de los
cuestionarios y documentación complementaria, la formación de los entrevistadores, el
trabajo de campo, el tratamiento y depuración de los datos y las explotaciones que se
determinen. Para ello, se procederá a la contratación, mediante el concurso público
correspondiente, de una empresa que, bajo la supervisión de estos organismos, realizará
el trabajo de campo que se licite.
cve: BOE-A-2025-130
Verificable en https://www.boe.es
– Definición del tipo de muestreo, y fijación de la muestra.
– Selección de la muestra de unidades primarias y de personas, de acuerdo con la
afijación establecida, utilizando el marco de las encuestas dirigidas a los hogares
disponible en el Instituto Nacional de Estadística para las operaciones contenidas en el
Plan Estadístico Nacional.
– Cálculo de los factores de elevación utilizando la información auxiliar disponible.
– Cálculo de los errores del muestreo, utilizando el procedimiento más adecuado al
tipo de muestreo realizado en la encuesta.
– Realización de los análisis de sesgo por no respuesta.
– Seguimiento del cumplimiento del plan establecido en el diseño muestral.
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 2418
Actuaciones de las partes.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y el Servicio Público
de Empleo Estatal (SEPE), actuarán conjuntamente, a través de los organismos citados
en el punto 8 de la exposición, en las actividades que se deriven de la aplicación en
España de este programa de carácter internacional, y que a modo de resumen se
relacionan a continuación:
– Implementación de modificaciones en los instrumentos del estudio (digital y papel)
según lo requerido por la OCDE, a través del Consorcio Internacional PIAAC.
– Traducción y adaptación de dichas modificaciones a las cinco lenguas cooficiales
del Estado español.
– Revisión y adaptación del cuestionario de contexto y de las pruebas cognitivas
para el nuevo ciclo del PIAAC en cada una de las lenguas cooficiales.
– Verificación de la aplicación informática diseñada para la recogida de datos del
estudio PIAAC tanto del cuestionario de antecedentes como de los instrumentos
cognitivos.
– Seguimiento y control de calidad de la aplicación de la encuesta.
– Preparación de la documentación necesaria para convocar la licitación para la
contratación de los trabajos de campo del PIAAC.
– Asistencia a las reuniones internacionales convocadas por la OCDE de los países
participantes en el PIAAC: BPC (Board of Participaiting Countries), NPM (National
Project Manager), NSM (National Sampling Manager) y NDM (National Data Manager).
– Actualización de la información, cumplimiento de los estándares previstos, seguimiento
de las tareas a realizar y resolución de problemas en permanente comunicación con el
Consorcio Internacional responsable del proyecto y con la OCDE.
– Estimular el conocimiento y el interés en PIAAC, mediante su adecuada difusión
pública.
– Facilitar el acceso y la utilización de los datos recogidos en el PIAAC.
– Custodia de los datos obtenidos.
El Instituto Nacional de Estadística se compromete a proporcionar el apoyo y
asesoramiento metodológico necesario para el desarrollo de la encuesta, concretado en
lo siguiente:
Las unidades del MEFPD implicadas en el proyecto, con la colaboración del SEPE,
realizarán la programación de los trabajos de recogida de datos, de acuerdo con los
plazos establecidos por la OCDE, y llevarán a cabo la preparación y edición de los
cuestionarios y documentación complementaria, la formación de los entrevistadores, el
trabajo de campo, el tratamiento y depuración de los datos y las explotaciones que se
determinen. Para ello, se procederá a la contratación, mediante el concurso público
correspondiente, de una empresa que, bajo la supervisión de estos organismos, realizará
el trabajo de campo que se licite.
cve: BOE-A-2025-130
Verificable en https://www.boe.es
– Definición del tipo de muestreo, y fijación de la muestra.
– Selección de la muestra de unidades primarias y de personas, de acuerdo con la
afijación establecida, utilizando el marco de las encuestas dirigidas a los hogares
disponible en el Instituto Nacional de Estadística para las operaciones contenidas en el
Plan Estadístico Nacional.
– Cálculo de los factores de elevación utilizando la información auxiliar disponible.
– Cálculo de los errores del muestreo, utilizando el procedimiento más adecuado al
tipo de muestreo realizado en la encuesta.
– Realización de los análisis de sesgo por no respuesta.
– Seguimiento del cumplimiento del plan establecido en el diseño muestral.