Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-137)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio entre la Agencia Estatal de Seguridad Aérea e Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, SA, S.M.E., M.P., en materia de formación técnica de su personal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 2506
EXPONEN
I. Que, con fecha 4 de diciembre de 2020, las Partes suscribieron un convenio, que
tiene por objeto sentar las bases de colaboración entre AESA e ISDEFE en materia
formativa en base a dos puntos:
1. AESA para poder contar con el apoyo del personal de ISDEFE y cumplir con sus
obligaciones, necesita que dicho personal este formado continuamente para su
perfeccionamiento, con arreglo a los requisitos establecidos por AESA, y para ello
autorizará a que el personal de ISDEFE que se determine asista a los cursos que AESA
imparta en exclusiva con carácter interno.
2. ISDEFE autorizará a que el personal de AESA que se determine asista a los
cursos y actividades que imparta en materias relacionadas con campos de la ingeniería y
consultoría que resulten de interés para AESA.
Dicho convenio fue publicado en el BOE de 28 de enero de 2021 e inscrito en el
REOICO el 9 de diciembre de 2020.
II. Que, la cláusula quinta del convenio establece que cada entidad asumirá sus
propios costes y gastos a la hora de organizar las acciones formativas internas, por lo
que el convenio suscrito no conlleva compromisos ni obligaciones económicas
adicionales para las Partes (artículo 49.d de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público).
III. Que, la cláusula octava del convenio dispone que la duración inicial del mismo
será de cuatro (4) años, pudiendo prorrogarse por otro período de cuatro (4) años
adicional, por mutuo acuerdo, tras la evaluación de las acciones formativas, las
necesidades obligatorias para el período siguiente y la oferta de formación de ambas
entidades para el mismo.
IV. Que de conformidad con lo expuesto y considerando que el convenio se ha
venido desarrollando a plena satisfacción de las partes, es de interés unánime dar
continuidad a su vigencia.
V. Al formalizar esta prórroga, ambas Partes reconocen la importancia de seguir
colaborando en materia de formación técnica de su personal. Con este fin compartido,
acuerdan la formalización de la presente adenda, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
La presente adenda tiene por objeto formalizar la prórroga del periodo de duración
del Convenio entre la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) e Ingeniería de
Sistemas para la Defensa de España (ISDEFE) en materia de formación técnica de su
personal.
Duración y régimen jurídico.
La presente adenda establece una prórroga del periodo de duración del convenio de
cuatro (4) años adicionales, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del
mencionado convenio y al amparo del artículo 49 h) 2.ª de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2025-137
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 2506
EXPONEN
I. Que, con fecha 4 de diciembre de 2020, las Partes suscribieron un convenio, que
tiene por objeto sentar las bases de colaboración entre AESA e ISDEFE en materia
formativa en base a dos puntos:
1. AESA para poder contar con el apoyo del personal de ISDEFE y cumplir con sus
obligaciones, necesita que dicho personal este formado continuamente para su
perfeccionamiento, con arreglo a los requisitos establecidos por AESA, y para ello
autorizará a que el personal de ISDEFE que se determine asista a los cursos que AESA
imparta en exclusiva con carácter interno.
2. ISDEFE autorizará a que el personal de AESA que se determine asista a los
cursos y actividades que imparta en materias relacionadas con campos de la ingeniería y
consultoría que resulten de interés para AESA.
Dicho convenio fue publicado en el BOE de 28 de enero de 2021 e inscrito en el
REOICO el 9 de diciembre de 2020.
II. Que, la cláusula quinta del convenio establece que cada entidad asumirá sus
propios costes y gastos a la hora de organizar las acciones formativas internas, por lo
que el convenio suscrito no conlleva compromisos ni obligaciones económicas
adicionales para las Partes (artículo 49.d de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público).
III. Que, la cláusula octava del convenio dispone que la duración inicial del mismo
será de cuatro (4) años, pudiendo prorrogarse por otro período de cuatro (4) años
adicional, por mutuo acuerdo, tras la evaluación de las acciones formativas, las
necesidades obligatorias para el período siguiente y la oferta de formación de ambas
entidades para el mismo.
IV. Que de conformidad con lo expuesto y considerando que el convenio se ha
venido desarrollando a plena satisfacción de las partes, es de interés unánime dar
continuidad a su vigencia.
V. Al formalizar esta prórroga, ambas Partes reconocen la importancia de seguir
colaborando en materia de formación técnica de su personal. Con este fin compartido,
acuerdan la formalización de la presente adenda, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
La presente adenda tiene por objeto formalizar la prórroga del periodo de duración
del Convenio entre la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) e Ingeniería de
Sistemas para la Defensa de España (ISDEFE) en materia de formación técnica de su
personal.
Duración y régimen jurídico.
La presente adenda establece una prórroga del periodo de duración del convenio de
cuatro (4) años adicionales, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula octava del
mencionado convenio y al amparo del artículo 49 h) 2.ª de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2025-137
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.