Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Encomienda de gestión. (BOE-A-2025-145)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., a través del Instituto de Hortofruticultura Subtropical y Mediterránea La Mayora, para la realización de los trabajos relacionados con los exámenes técnicos de identificación varietal de variedades de chirimoyo, mango y aguacate necesarios para el registro de variedades vegetales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 2602
10. Colección de referencia: el centro de ensayos mantendrá adecuadamente la
colección de referencia. Será responsabilidad del centro de ensayos incorporar a la
colección de referencia las variedades que deban formar parte de la misma, de acuerdo
con los criterios establecidos por la OEVV. Todas las variedades ensayadas se irán
incorporando a la colección de referencia. Los ejemplares mantenidos por el centro de
ensayos en virtud de este acuerdo constituirán la muestra oficial que, junto con las
descripciones generadas, será empleada por la OEVV en el control de la identidad
varietal del material de reproducción comercializado en el mercado español.
Propagación clonal patrones aguacate: junto a las colecciones de referencia ya
establecidas para variedades de aguacate, mango y chirimoyo, se pretende establecer
una nueva colección de patrones de aguacate con plantas autoenraizadas.
La propagación clonal de estos patrones se realizará mediante la técnica de frolich.
Para ello, el material de cada patrón debe injertarse sobre plantas procedentes de
semillas nodrizas, cuando comience el crecimiento de los nuevos brotes, someterse a un
periodo de etiolación hasta obtener crecimientos sin clorofila de unos 25 cm, en la base
de estos crecimientos aplicar hormonas de enraizamiento y cubrir con sustrato, y,
finalmente, colocar de nuevo en condiciones adecuadas de iluminación para favorecer el
crecimiento de la parte aérea y del sistema radicular hasta su trasplante a campo.
11. Examen de la variedad: las observaciones de la variedad, toma de datos de los
caracteres, niveles de expresión y metodología se realizarán de acuerdo con el protocolo
técnico aprobado por la OCVV, en ausencia de éste por las recomendaciones técnicas
(«TG») de la UPOV, o en su defecto, por el protocolo aprobado por la OEVV.
Cualquier incidencia que afecte o impida la toma de datos o la realización del
examen técnico se comunicará de inmediato a la OEVV.
12. Remisión del Informe de ejercicio: el centro de ensayos remitirá a la OEVV un
«Informe de ejercicio», antes del 1 de noviembre, que comprenderá la siguiente
información:
12.1 Informe de la situación de los trabajos realizados. Se denominará «Informe de
situación» y contendrá, al menos, los siguientes datos:
– Centro de ensayos.
– Especie.
– Informe de situación del ejercicio:
● Variedad.
● N.º de referencia de la solicitud.
● Solicitante.
● Fecha plantación en parcela examen.
● Incidencias y Observaciones en la parcela de examen.
● Ejercicios en los que se han realizado observaciones morfológicas, con
enumeración de los caracteres del protocolo observados.
● Fecha prevista de finalización del examen.
12.2 Informe provisional de todas las variedades estudiadas y a las que no
corresponda el «Informe final DHE». Este «Informe provisional» se ajustará al modelo
oficial fijado por la OEVV, bilingüe, en inglés y español. Además, contendrá la siguiente
información: desarrollo del ensayo, incidencias acaecidas y posibles retrasos en la
entrega del informe final.
12.3 Informe final del examen técnico de distinción, homogeneidad y estabilidad,
que se denominará «Informe final DHE», de las variedades que han finalizado su período
de observaciones, de acuerdo con el modelo oficial fijado por la OEVV, bilingüe, en
inglés y español.
cve: BOE-A-2025-145
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 3
Viernes 3 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 2602
10. Colección de referencia: el centro de ensayos mantendrá adecuadamente la
colección de referencia. Será responsabilidad del centro de ensayos incorporar a la
colección de referencia las variedades que deban formar parte de la misma, de acuerdo
con los criterios establecidos por la OEVV. Todas las variedades ensayadas se irán
incorporando a la colección de referencia. Los ejemplares mantenidos por el centro de
ensayos en virtud de este acuerdo constituirán la muestra oficial que, junto con las
descripciones generadas, será empleada por la OEVV en el control de la identidad
varietal del material de reproducción comercializado en el mercado español.
Propagación clonal patrones aguacate: junto a las colecciones de referencia ya
establecidas para variedades de aguacate, mango y chirimoyo, se pretende establecer
una nueva colección de patrones de aguacate con plantas autoenraizadas.
La propagación clonal de estos patrones se realizará mediante la técnica de frolich.
Para ello, el material de cada patrón debe injertarse sobre plantas procedentes de
semillas nodrizas, cuando comience el crecimiento de los nuevos brotes, someterse a un
periodo de etiolación hasta obtener crecimientos sin clorofila de unos 25 cm, en la base
de estos crecimientos aplicar hormonas de enraizamiento y cubrir con sustrato, y,
finalmente, colocar de nuevo en condiciones adecuadas de iluminación para favorecer el
crecimiento de la parte aérea y del sistema radicular hasta su trasplante a campo.
11. Examen de la variedad: las observaciones de la variedad, toma de datos de los
caracteres, niveles de expresión y metodología se realizarán de acuerdo con el protocolo
técnico aprobado por la OCVV, en ausencia de éste por las recomendaciones técnicas
(«TG») de la UPOV, o en su defecto, por el protocolo aprobado por la OEVV.
Cualquier incidencia que afecte o impida la toma de datos o la realización del
examen técnico se comunicará de inmediato a la OEVV.
12. Remisión del Informe de ejercicio: el centro de ensayos remitirá a la OEVV un
«Informe de ejercicio», antes del 1 de noviembre, que comprenderá la siguiente
información:
12.1 Informe de la situación de los trabajos realizados. Se denominará «Informe de
situación» y contendrá, al menos, los siguientes datos:
– Centro de ensayos.
– Especie.
– Informe de situación del ejercicio:
● Variedad.
● N.º de referencia de la solicitud.
● Solicitante.
● Fecha plantación en parcela examen.
● Incidencias y Observaciones en la parcela de examen.
● Ejercicios en los que se han realizado observaciones morfológicas, con
enumeración de los caracteres del protocolo observados.
● Fecha prevista de finalización del examen.
12.2 Informe provisional de todas las variedades estudiadas y a las que no
corresponda el «Informe final DHE». Este «Informe provisional» se ajustará al modelo
oficial fijado por la OEVV, bilingüe, en inglés y español. Además, contendrá la siguiente
información: desarrollo del ensayo, incidencias acaecidas y posibles retrasos en la
entrega del informe final.
12.3 Informe final del examen técnico de distinción, homogeneidad y estabilidad,
que se denominará «Informe final DHE», de las variedades que han finalizado su período
de observaciones, de acuerdo con el modelo oficial fijado por la OEVV, bilingüe, en
inglés y español.
cve: BOE-A-2025-145
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Núm. 3