Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-162)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Confederación Española de Organizaciones Empresariales y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa, para la identificación de cargas administrativas y su reducción en el bienio 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Viernes 3 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 2770

cargas para el año 2025. El documento se entregará, en todo caso, antes del 20 de
noviembre de 2025.
Quinta.

Régimen económico.

El coste total de la financiación de las actividades derivadas de la suscripción de la
presente adenda durante el año 2025 es 93.500 euros.
De conformidad con las previsiones del artículo 48 apartado cuarto de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Ministerio para
la Transformación Digital y de la Función Pública se compromete a aportar para la
financiación del coste establecido en el apartado anterior, con sujeción a la legislación
presupuestaria, la cantidad de setenta y cinco mil quinientos euros (75.500 €) para la
anualidad de 2025. La financiación correspondiente dicho año queda supeditada a la
existencia de asignación de crédito suficiente en el presupuesto (aplicación
presupuestaria 33.06.921N.640.08).
Asimismo, CEOE-CEPYME aportará a dicha financiación la cantidad de dieciocho mil
euros (18.000 €) en el año 2025.
El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública abonará en 2025
a CEOE-CEPYME los pagos correspondientes a su aportación, previa justificación de los
servicios realizados en dicha anualidad, con cargo a la aplicación presupuestaria que
corresponda del presupuesto vigente en 2025.
Para realizar dicho abono, CEOE-CEPYME remitirá al Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, documentación justificativa de las
actividades relacionadas con las propuestas para la reducción de cargas administrativas
elaboradas para dicha anualidad del convenio. Se considera documentación justificativa
del gasto, además del documento de cargo que emita CEOE-CEPYME, la certificación
acreditativa del órgano competente de las Confederaciones en que se especifique el
alcance de las labores desarrolladas por estas Corporaciones en el marco anual del
convenio. Complementariamente, y para la justificación de los gastos en que se han
incurrido, se remitirán facturas, certificados emitidos por representante de la organización
en los que figuren los gastos imputables a cada anualidad del convenio o documentos
probatorios equivalentes.
Antes de la finalización de la vigencia del convenio, el 31 de diciembre de 2025,
CEOE-CEPYME se compromete a abonar la totalidad de su aportación periódica para
financiar las actividades previstas en el convenio, presentando certificación acreditativa.
Sexta.

Publicidad.

De conformidad con cuanto antecedente, y en ejercicio de las atribuciones de que
son titulares los firmantes, suscriben electrónicamente la presente adenda de prórroga
del convenio anteriormente indicado.–La Secretaría de Estado de Función Pública, Clara
Mapelli Marchena.–El Secretario General de la Confederación Española de
Organizaciones Empresariales, José Alberto González-Ruiz Martínez.–El Secretario
General de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa, Luis
Aribayos Mínguez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-162
Verificable en https://www.boe.es

Las partes prestan expresamente su consentimiento para que la presente adenda
tenga la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.