Ministerio de CulturaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-152)
Extracto de la Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Cultura por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la edición de libros correspondientes a 2025.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Viernes 3 de enero de 2025

Sec. V-B. Pág. 332

Cuarto. Importe
El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo, de 805.000
euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.775, del programa 334B
"Ayudas para la edición de libros" del Presupuesto de Gastos del Ministerio de
Cultura para el año 2025.
De acuerdo con el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley General de
Subvenciones, la cuantía total máxima establecida tendrá carácter estimado por lo
que la concesión de las subvenciones quedará condicionada a la existencia de
crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. En los
supuestos en los que el crédito presupuestario que resulte, como consecuencia de
la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en los artículos 56.1 y
58.2.a del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, fuera superior a las
cuantías inicialmente estimadas, el órgano gestor podrá decidir incrementarlas con
una cuantía adicional de hasta 1.190.000,00 euros, previa tramitación del
correspondiente expediente de gasto antes de la resolución de concesión, sin
necesidad de nueva convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Veinticinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este
extracto en el B.O.E.
Sexto. Otros datos
Esta subvención es compatible con otras ayudas de organismos o instituciones
públicos o privados para la misma actividad siempre que el importe de la misma
sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones,
no supere el 100% del coste de la edición o producción de la obra.
Madrid, 27 de diciembre de 2024.- El Secretario de Estado de Cultura, P.D.
apartado Cuarto 2.d) de la Orden CLT/503/2024, de 27 de mayo. La Directora
General del Libro, del Cómic y de la Lectura, María José Gálvez Salvador.

cve: BOE-B-2025-152
Verificable en https://www.boe.es

ID: A250000013-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X