Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-27550)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por promoción interna, de plazas de Auxiliar Administrativo, nivel 2.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315

Martes 31 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 187389

3.3 Las solicitudes tendrán que ser presentadas en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado».
3.3 La falta de presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión
de la persona aspirante.
3.4 A la solicitud se acompañará un curriculum vitae, en formato Europass,
conteniendo los méritos que las personas aspirantes deseen que se les valoren en la
fase de concurso, de acuerdo con lo recogido en el anexo I de esta convocatoria.
3.5 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 2 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Los datos personales recogidos en las solicitudes de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para
ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
4.

Admisión de las personas aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante adoptará
resolución declarando aprobada la lista de admitido/as y excluido/as, con indicación de las
causas de exclusión. Dicha resolución se publicará en los tablones de anuncios del
Consorcio de la Zona Especial Canaria, en la sección Empleo público de su página web
www.canariaszec.gob.es y en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es y en
el portal Funciona (https://sede.funciona.gob.es/public/servicios).
4.2 Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de cinco días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la fecha de la resolución, para subsanar el
defecto que haya motivado su exclusión.
4.3 Transcurrido dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones,
la lista definitiva se publicará, con carácter definitivo, en los mismos lugares en que lo fueron
las relaciones iniciales. En caso de que no se produzcan alegaciones, la lista provisional se
elevará a definitiva.
Tribunal de selección

5.1 El Tribunal estará compuesto por tres miembros titulares y tres suplentes,
designados conforme a lo dispuesto en el artículo 12.5 del Convenio colectivo para el
personal laboral del Consorcio de la Zona Especial Canaria, y se someterá a lo dispuesto
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y demás disposiciones vigentes. En todo caso, la composición del
Tribunal garantizará la presencia equilibrada de mujeres y hombres.
Los miembros del Tribunal serán los identificados en el anexo III de la presente
convocatoria, y podrán ser recusados por las personas aspirantes cuando concurran las
circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. En todo
caso, la pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Consorcio publicará en su página web un breve curriculum vitae de los miembros
del Tribunal.
5.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos y

cve: BOE-A-2024-27550
Verificable en https://www.boe.es

5.