Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-27545)
Resolución de 24 de diciembre de 2024, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se aprueba la convocatoria y bases del proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral fijo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 187293
Para la acreditación de los extremos contenidos en los puntos 3.1 y 3.3, las personas
aspirantes prestarán su consentimiento, en la solicitud, para la comprobación de estos
datos por parte del Consorcio a través del Sistema de Verificación de Datos de
Identificación. En caso de no autorizarlo, deberán marcar la casilla correspondiente en la
solicitud para denegarlo expresamente y aportar la documentación justificativa junto con
la solicitud.
En lo que respecta a la acreditación del requisito contemplado en el punto 3.2, se
llevará a cabo mediante la entrega de declaración responsable, firmada por la persona
aspirante, de encontrarse en posesión de capacidad funcional para el desempeño de las
tareas propias de la plaza a la que se opta, utilizando que modelo que, a estos efectos,
se facilita en el anexo VI.
En relación con la valoración de las causas de exclusiones médicas exigibles para el
acceso al empleo público, se estará a lo dispuesto en la Orden PCI/154/2019, de 19 de
febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre
de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de
pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a
eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
La acreditación de lo contenido en el punto 3.4 se realizará mediante declaración
jurada, firmada por la persona aspirante, de no haber sido separada, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de
los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el caso de
personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. Para la acreditación se
utilizará el modelo que, a estos efectos, se facilita en el anexo VII.
En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse
inhabilitado/a ni en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria
o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
La acreditación de la posesión de la titulación académica oficial contenida en el
apartado 3.5 podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas:
– Mediante una copia auténtica del título oficial legalmente expedido, o copia
auténtica de la certificación académica que acredite haber realizado y finalizado los
estudios completos y necesarios y que se efectuó el depósito para la expedición de este.
En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, las personas candidatas deberán
aportar credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia expedidos por la autoridad española competente. Este requisito no se
aplicará a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de derecho
comunitario: en este supuesto, se acreditará mediante copia auténtica en la que conste
el mencionado reconocimiento, debiendo aportarse traducción jurada oficial al castellano
realizada emitida por Traductor Jurado u Oficial.
– Aportando tanto el «Certificado de Correspondencia entre Títulos Universitarios
Oficiales («pre-Bolonia) y niveles MECES», como el «Documento de verificación de
títulos universitarios», accesible a través de la carpeta ciudadana, emitidos por el
Ministerio competente en materia de educación universitaria del Gobierno de España.
Enlace: https://carpetaciudadana.gob.es/carpeta/home.htm
– Mediante la presentación de la autorización de consulta de títulos, que puede
obtenerse de manera online a través del siguiente enlace (se requiere identificación en la
Sede Electrónica por medio de un Certificado Digital reconocido por la plataforma @firma):
Enlace: https://universidades.sede.gob.es/pagina/index/directorio/consulta_titulos
En los supuestos de discapacidad física o psíquica, esta deberá acreditarse
mediante la entrega, con la solicitud de participación en el proceso de selección, de
cve: BOE-A-2024-27545
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 187293
Para la acreditación de los extremos contenidos en los puntos 3.1 y 3.3, las personas
aspirantes prestarán su consentimiento, en la solicitud, para la comprobación de estos
datos por parte del Consorcio a través del Sistema de Verificación de Datos de
Identificación. En caso de no autorizarlo, deberán marcar la casilla correspondiente en la
solicitud para denegarlo expresamente y aportar la documentación justificativa junto con
la solicitud.
En lo que respecta a la acreditación del requisito contemplado en el punto 3.2, se
llevará a cabo mediante la entrega de declaración responsable, firmada por la persona
aspirante, de encontrarse en posesión de capacidad funcional para el desempeño de las
tareas propias de la plaza a la que se opta, utilizando que modelo que, a estos efectos,
se facilita en el anexo VI.
En relación con la valoración de las causas de exclusiones médicas exigibles para el
acceso al empleo público, se estará a lo dispuesto en la Orden PCI/154/2019, de 19 de
febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre
de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de
pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a
eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
La acreditación de lo contenido en el punto 3.4 se realizará mediante declaración
jurada, firmada por la persona aspirante, de no haber sido separada, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de
los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el caso de
personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. Para la acreditación se
utilizará el modelo que, a estos efectos, se facilita en el anexo VII.
En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse
inhabilitado/a ni en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria
o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
La acreditación de la posesión de la titulación académica oficial contenida en el
apartado 3.5 podrá realizarse en cualquiera de las siguientes formas:
– Mediante una copia auténtica del título oficial legalmente expedido, o copia
auténtica de la certificación académica que acredite haber realizado y finalizado los
estudios completos y necesarios y que se efectuó el depósito para la expedición de este.
En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, las personas candidatas deberán
aportar credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de
equivalencia expedidos por la autoridad española competente. Este requisito no se
aplicará a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de derecho
comunitario: en este supuesto, se acreditará mediante copia auténtica en la que conste
el mencionado reconocimiento, debiendo aportarse traducción jurada oficial al castellano
realizada emitida por Traductor Jurado u Oficial.
– Aportando tanto el «Certificado de Correspondencia entre Títulos Universitarios
Oficiales («pre-Bolonia) y niveles MECES», como el «Documento de verificación de
títulos universitarios», accesible a través de la carpeta ciudadana, emitidos por el
Ministerio competente en materia de educación universitaria del Gobierno de España.
Enlace: https://carpetaciudadana.gob.es/carpeta/home.htm
– Mediante la presentación de la autorización de consulta de títulos, que puede
obtenerse de manera online a través del siguiente enlace (se requiere identificación en la
Sede Electrónica por medio de un Certificado Digital reconocido por la plataforma @firma):
Enlace: https://universidades.sede.gob.es/pagina/index/directorio/consulta_titulos
En los supuestos de discapacidad física o psíquica, esta deberá acreditarse
mediante la entrega, con la solicitud de participación en el proceso de selección, de
cve: BOE-A-2024-27545
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 315