Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Tributos. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-27600)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban los documentos normalizados para acreditar la representación de terceros en el procedimiento para el envío de los ficheros que contienen registros de facturación generados por sistemas de emisión de facturas, a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 187731
actos o para recibir todo tipo de comunicaciones de la Administración Tributaria en nombre
del obligado tributario, aun cuando éstas fueran consecuencia del envío realizado.
Asimismo, la persona otorgante autoriza a que sus datos personales sean tratados
de manera automatizada a los exclusivos efectos de la remisión por medios telemáticos.
Aceptación de la representación:
Con la firma del presente escrito la persona representante acepta la representación
conferida y responde de la autenticidad de la firma de la persona otorgante, así como de
la copia del DNI (1) de la misma que acompaña a este documento. Sólo se acreditará
esta representación ante la Administración Tributaria cuando ésta lo inste al
representante.
Tratamiento de datos:
El tratamiento de los datos se realizará conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, y a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y la finalidad de dicho tratamiento es la aplicación del sistema
tributario y aduanero.
El colaborador social facilitará la información prevista en el artículo 13 del RGPD en
los términos del artículo 11 de la LOPDGDD.
Normas aplicables:
Ley General Tributaria (Ley 58/2003). Representación voluntaria: artículo 46.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Representación: artículo 5.
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD). Información que deberá facilitarse cuando
los datos personales se obtengan del interesado: artículo 13.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales (LOPDGDD). Transparencia e información al afectado: artículo 11.
En ...................... a ..... de .................... de .......
En ...................... a ..... de .................... de .......
Otorgante (2)
Representante (2)
cve: BOE-A-2024-27600
Verificable en https://www.boe.es
El texto de este documento normalizado no podrá ser modificado, sin perjuicio de la facultad de los
interesados de otorgar su representación en términos diferentes, acreditándola por cualquier otro medio válido
en Derecho.
(1) DNI o documento equivalente de identificación de personas extranjeras.
(2) Si es persona jurídica deberá figurar también el sello de la entidad, salvo que conste la firma con un
certificado electrónico de persona jurídica.
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 187731
actos o para recibir todo tipo de comunicaciones de la Administración Tributaria en nombre
del obligado tributario, aun cuando éstas fueran consecuencia del envío realizado.
Asimismo, la persona otorgante autoriza a que sus datos personales sean tratados
de manera automatizada a los exclusivos efectos de la remisión por medios telemáticos.
Aceptación de la representación:
Con la firma del presente escrito la persona representante acepta la representación
conferida y responde de la autenticidad de la firma de la persona otorgante, así como de
la copia del DNI (1) de la misma que acompaña a este documento. Sólo se acreditará
esta representación ante la Administración Tributaria cuando ésta lo inste al
representante.
Tratamiento de datos:
El tratamiento de los datos se realizará conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, y a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y la finalidad de dicho tratamiento es la aplicación del sistema
tributario y aduanero.
El colaborador social facilitará la información prevista en el artículo 13 del RGPD en
los términos del artículo 11 de la LOPDGDD.
Normas aplicables:
Ley General Tributaria (Ley 58/2003). Representación voluntaria: artículo 46.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Representación: artículo 5.
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD). Información que deberá facilitarse cuando
los datos personales se obtengan del interesado: artículo 13.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales (LOPDGDD). Transparencia e información al afectado: artículo 11.
En ...................... a ..... de .................... de .......
En ...................... a ..... de .................... de .......
Otorgante (2)
Representante (2)
cve: BOE-A-2024-27600
Verificable en https://www.boe.es
El texto de este documento normalizado no podrá ser modificado, sin perjuicio de la facultad de los
interesados de otorgar su representación en términos diferentes, acreditándola por cualquier otro medio válido
en Derecho.
(1) DNI o documento equivalente de identificación de personas extranjeras.
(2) Si es persona jurídica deberá figurar también el sello de la entidad, salvo que conste la firma con un
certificado electrónico de persona jurídica.