Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-27616)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con Mapfre España Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, para el mecenazgo de las actividades culturales del museo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 187923
las actividades culturales del Museo. El convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» con fecha de 1 de enero de 2022.
II. Que la cláusula quinta del convenio citado en el apartado precedente establece
que «El convenio estará vigente durante el plazo de 1 (un) año. Dentro del plazo de
vigencia del convenio, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un
periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción, que se tramitará conforme a lo
previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre».
III. Que las partes firmaron una adenda de prórroga del convenio por un plazo de
un año, que se inscribió en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO) con fecha de 21 de diciembre de 2022
y se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 2 de enero de 2023.
IV. Que con posterioridad las partes firmaron una segunda adenda de prórroga del
convenio por un plazo nuevo de un año, que se inscribió en el REOICO con fecha de 18
de diciembre de 2023 y se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 29 de
diciembre de 2023.
V. Que, una vez desplegados los efectos de la prórroga a la que se refiere el
expositivo anterior y tras la constatación del alto grado de satisfacción obtenido en el
cumplimiento de los objetivos, más la experiencia acumulada, se justifica la decisión de
ambas partes de continuar con la relación iniciada con la firma del convenio suscrito con
fecha de 21 de diciembre de 2021 para el mecenazgo de las actividades culturales del
Museo y, en consecuencia, su voluntad es la de acordar, mediante la suscripción de la
presente adenda, una nueva prórroga del mismo.
En virtud de lo expuesto anteriormente, el MNCARS y MAPFRE acuerdan suscribir la
presente adenda de prórroga con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
La presente adenda tiene por objeto prorrogar por un plazo de 1 (un) año la vigencia
del convenio para el mecenazgo de las actividades culturales del Museo, firmado por las
partes el 21 de diciembre de 2021 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 1 de
enero de 2022.
Segunda.
Prórroga del convenio.
Tercera. Nueva aportación económica de MAPFRE.
En consecuencia y en relación con la cláusula segunda del citado convenio, a partir
de la fecha en la que la presente adenda adquiera eficacia, en los mismos términos
previstos en el convenio objeto de prórroga, MAPFRE realizará una nueva aportación
económica en favor del MNCARS por importe de 25.000 euros (veinticinco mil euros) y
seguirán vigentes los compromisos de difusión por parte del MNCARS.
cve: BOE-A-2024-27616
Verificable en https://www.boe.es
Según la cláusula quinta del convenio de fecha 21 de diciembre de 2021, una vez
inscrito el mismo en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO), tiene un plazo de vigencia de 1 (un)
año. No obstante, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49. h). 2.º de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, «En cualquier
momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes
del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro
años adicionales o su extinción».
En consecuencia, las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por un
nuevo plazo de un año, que será la tercera prórroga del mismo.
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 187923
las actividades culturales del Museo. El convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» con fecha de 1 de enero de 2022.
II. Que la cláusula quinta del convenio citado en el apartado precedente establece
que «El convenio estará vigente durante el plazo de 1 (un) año. Dentro del plazo de
vigencia del convenio, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un
periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción, que se tramitará conforme a lo
previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre».
III. Que las partes firmaron una adenda de prórroga del convenio por un plazo de
un año, que se inscribió en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO) con fecha de 21 de diciembre de 2022
y se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 2 de enero de 2023.
IV. Que con posterioridad las partes firmaron una segunda adenda de prórroga del
convenio por un plazo nuevo de un año, que se inscribió en el REOICO con fecha de 18
de diciembre de 2023 y se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha de 29 de
diciembre de 2023.
V. Que, una vez desplegados los efectos de la prórroga a la que se refiere el
expositivo anterior y tras la constatación del alto grado de satisfacción obtenido en el
cumplimiento de los objetivos, más la experiencia acumulada, se justifica la decisión de
ambas partes de continuar con la relación iniciada con la firma del convenio suscrito con
fecha de 21 de diciembre de 2021 para el mecenazgo de las actividades culturales del
Museo y, en consecuencia, su voluntad es la de acordar, mediante la suscripción de la
presente adenda, una nueva prórroga del mismo.
En virtud de lo expuesto anteriormente, el MNCARS y MAPFRE acuerdan suscribir la
presente adenda de prórroga con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda.
La presente adenda tiene por objeto prorrogar por un plazo de 1 (un) año la vigencia
del convenio para el mecenazgo de las actividades culturales del Museo, firmado por las
partes el 21 de diciembre de 2021 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 1 de
enero de 2022.
Segunda.
Prórroga del convenio.
Tercera. Nueva aportación económica de MAPFRE.
En consecuencia y en relación con la cláusula segunda del citado convenio, a partir
de la fecha en la que la presente adenda adquiera eficacia, en los mismos términos
previstos en el convenio objeto de prórroga, MAPFRE realizará una nueva aportación
económica en favor del MNCARS por importe de 25.000 euros (veinticinco mil euros) y
seguirán vigentes los compromisos de difusión por parte del MNCARS.
cve: BOE-A-2024-27616
Verificable en https://www.boe.es
Según la cláusula quinta del convenio de fecha 21 de diciembre de 2021, una vez
inscrito el mismo en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal (REOICO), tiene un plazo de vigencia de 1 (un)
año. No obstante, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49. h). 2.º de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, «En cualquier
momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes
del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro
años adicionales o su extinción».
En consecuencia, las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por un
nuevo plazo de un año, que será la tercera prórroga del mismo.