Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Impuestos. Gestión presupuestaria. (BOE-A-2024-27530)
Orden HAC/1506/2024, de 26 de diciembre, sobre delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas y por la que se modifica la Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 31 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 187184

– Ayuntamiento de San Roque (Cádiz).
– Ayuntamiento de Silla (Valencia).
Artículo 2. Delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas a
Diputaciones.
Se concede la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades
Económicas, con los límites y condiciones establecidos en la Orden de 10 de junio
de 1992, y con efectos de 1 de enero del 2025, a las siguientes Diputaciones:
Diputación de Girona: para el Ayuntamiento de La Bisbal D´Empordà.
Diputación de Pontevedra: para el Ayuntamiento de A Guarda.
Diputación de Segovia: para el Ayuntamiento de Labajos.
Diputación de Valladolid: para el Ayuntamiento de Peñafiel.
Diputación de Zaragoza: para el Ayuntamiento de Figueruelas.
Artículo 3. Delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas a
Comunidad Autónoma.
Se concede la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades
Económicas, con los límites y condiciones establecidos en la Orden de 10 de junio
de 1992, y con efectos de 1 de enero del 2025, a la Comunidad Autónoma de la Región
de Murcia para el Ayuntamiento de Cehegín.
Artículo 4. Renuncia a la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades
Económicas de Ayuntamiento.
Se acepta, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado a) del artículo 6.º de la Orden
de 10 de junio de 1992, y con efectos de 1 de enero del 2025, la renuncia presentada por
el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción (Cádiz).
Artículo 5. Renuncia a la delegación de la inspección del Impuesto sobre Actividades
Económicas de Diputación.
Se acepta, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado a) del artículo 6.º de la Orden
de 10 de junio de 1992, y con efectos de 1 de enero del 2025, la renuncia presentada por
la Diputación de Castellón respecto del Ayuntamiento de Moncofa.
Artículo 6. Revocación de la delegación de la inspección del Impuesto sobre
Actividades Económicas a Ayuntamientos.
Se revoca, con efectos de 1 de enero de 2025, por no cumplirse los requisitos
previstos en el artículo 4.º de la Orden de 10 de junio de 1992, la delegación de la
inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas concedida al Ayuntamiento de A
Guarda (Pontevedra) y al Ayuntamiento de La Bisbal D´Empordà (Girona).
Artículo 7. Revocación de la delegación de la inspección del Impuesto sobre
Actividades Económicas a Diputación.
Se revoca, con efectos de 1 de enero de 2025, por no cumplirse los requisitos
previstos en el artículo 4.º de la Orden de 10 de junio de 1992, la delegación de la
inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas concedida a la Diputación de
Valencia respecto del Ayuntamiento de Dos Aguas.

cve: BOE-A-2024-27530
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Núm. 315