Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Impuestos. (BOE-A-2024-27528)
Orden HAC/1504/2024, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 18 de noviembre de 1999, por la que se aprueba el modelo 194; la Orden de 7 de agosto de 2001, por la que se aprueba el modelo 346; la Orden de 4 de octubre de 2001, por la que se aprueba el modelo 192; la Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198; la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre, por la que aprueba el modelo 182; la Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 193; la Orden HFP/823/2022, de 24 de agosto, por la que se aprueba el modelo 345; la Orden HFP/886/2023, de 26 de julio, por la que se aprueba el modelo 721; la Orden HFP/887/2023, de 26 de julio, por la que se aprueba el modelo 172, y se actualiza el contenido de los anexos I y II de la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que aprueba el modelo 289.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 187127
contenidos en el anexo II de la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre, que tendrá la
siguiente redacción:
«Posiciones
79-83
Naturaleza
Numérico.
Descripción de los campos
% DE DEDUCCIÓN.
Cuando se haya hecho constar en el campo “NATURALEZA
DEL DECLARANTE” (posición 160) del tipo de registro 1, el
dígito numérico indicativo de la naturaleza del declarante 1, 2
o 4, se hará constar el porcentaje de deducción aplicable a los
donativos efectuados. En particular, si se hubiera consignado
un 1 en dicho campo, el porcentaje que deberá declararse en
relación con los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas será el que corresponda a la parte de la
base de la deducción que exceda de 250 euros. Si la base de
la deducción no excede de esa cantidad, el porcentaje que
deberá declarante en relación con estos contribuyentes será el
establecido en el artículo 19 de la Ley 49/2002. De la misma
forma se consignará en el caso de que se haya hecho constar
en el campo «NATURALEZA DEL DECLARANTE»
(posición 160) del tipo de registro 1 el dígito 4, y en el campo
“CLAVE” (posición 78) del tipo de registro 2 la letra G.
Para el resto de claves (dígito 3 en la posición 160
“NATURALEZA DEL DECLARANTE” del tipo de registro 1) se
rellenará a blancos.
Este campo se subdivide en otro dos:
79-81 ENTERO Numérico Parte entera:
Se consignará la parte entera del porcentaje (si no tiene,
consignar CEROS).
82-83 DECIMAL Numérico Parte decimal:
Se consignará la parte decimal del porcentaje (si no tiene,
consignar CEROS).»
La Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 193
de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos
del capital mobiliario del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre
determinadas rentas del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de
no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños
físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador, y
por la que se modifican los diseños físicos y lógicos del modelo 291, aprobado por Orden
EHA/3202/2008, de 31 de octubre, y del modelo 196 aprobado por Orden
EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica el campo «NÚMERO DE ORDEN», que ocupa las
posiciones 315-321 del registro tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro
cve: BOE-A-2024-27528
Verificable en https://www.boe.es
Artículo sexto. Modificación de la Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, por la
que se aprueba el modelo 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta
sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas y sobre determinadas rentas del Impuesto sobre Sociedades
y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos
permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte
directamente legible por ordenador, y por la que se modifican los diseños físicos y
lógicos del modelo 291, aprobado por Orden EHA/3202/2008, de 31 de octubre, y del
modelo 196 aprobado por Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre.
Núm. 315
Martes 31 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 187127
contenidos en el anexo II de la Orden EHA/3021/2007, de 11 de octubre, que tendrá la
siguiente redacción:
«Posiciones
79-83
Naturaleza
Numérico.
Descripción de los campos
% DE DEDUCCIÓN.
Cuando se haya hecho constar en el campo “NATURALEZA
DEL DECLARANTE” (posición 160) del tipo de registro 1, el
dígito numérico indicativo de la naturaleza del declarante 1, 2
o 4, se hará constar el porcentaje de deducción aplicable a los
donativos efectuados. En particular, si se hubiera consignado
un 1 en dicho campo, el porcentaje que deberá declararse en
relación con los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas será el que corresponda a la parte de la
base de la deducción que exceda de 250 euros. Si la base de
la deducción no excede de esa cantidad, el porcentaje que
deberá declarante en relación con estos contribuyentes será el
establecido en el artículo 19 de la Ley 49/2002. De la misma
forma se consignará en el caso de que se haya hecho constar
en el campo «NATURALEZA DEL DECLARANTE»
(posición 160) del tipo de registro 1 el dígito 4, y en el campo
“CLAVE” (posición 78) del tipo de registro 2 la letra G.
Para el resto de claves (dígito 3 en la posición 160
“NATURALEZA DEL DECLARANTE” del tipo de registro 1) se
rellenará a blancos.
Este campo se subdivide en otro dos:
79-81 ENTERO Numérico Parte entera:
Se consignará la parte entera del porcentaje (si no tiene,
consignar CEROS).
82-83 DECIMAL Numérico Parte decimal:
Se consignará la parte decimal del porcentaje (si no tiene,
consignar CEROS).»
La Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 193
de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos
del capital mobiliario del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre
determinadas rentas del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de
no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños
físicos y lógicos para la presentación en soporte directamente legible por ordenador, y
por la que se modifican los diseños físicos y lógicos del modelo 291, aprobado por Orden
EHA/3202/2008, de 31 de octubre, y del modelo 196 aprobado por Orden
EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, queda modificada como sigue:
Uno. Se modifica el campo «NÚMERO DE ORDEN», que ocupa las
posiciones 315-321 del registro tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro
cve: BOE-A-2024-27528
Verificable en https://www.boe.es
Artículo sexto. Modificación de la Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, por la
que se aprueba el modelo 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta
sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas y sobre determinadas rentas del Impuesto sobre Sociedades
y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos
permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación en soporte
directamente legible por ordenador, y por la que se modifican los diseños físicos y
lógicos del modelo 291, aprobado por Orden EHA/3202/2008, de 31 de octubre, y del
modelo 196 aprobado por Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre.