Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Pesca marítima. (BOE-A-2024-27472)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional en la reserva marina del entorno de la Isla de La Graciosa e islotes del norte de Lanzarote.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 186837
emitir autorizaciones para la inclusión de nuevas embarcaciones. Para lo cual deberán
acreditar el cumplimiento de las siguientes condiciones:
a) Realizar durante el último año, al menos quince días de pesca por semestre en
el entorno de la reserva marina hasta 3 millas de distancia de sus bordes, salvo causa de
fuerza mayor debidamente justificada.
b) Avisar al servicio de la reserva marina de su presencia en el entorno de la misma
los días en que realicen esa actividad.
c) Aportar las notas de venta y estadillos de esfuerzo pesquero correspondientes a
los días en que realicen esa actividad.
7. La vigencia de la presente resolución abarcará desde la fecha de su publicación
en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2026, quedando automáticamente prorrogada
desde esa fecha hasta su nueva actualización, que se realizará en el plazo máximo de
dos meses, una vez comprobado el cumplimiento de las obligaciones previstas en la
normativa aplicable por parte de las embarcaciones en el periodo de vigencia.
Contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el Sr. Ministro
de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 121 y 122, en relación con el 114, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 27 de diciembre de 2024.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime
Garcia.
ANEXO I
Embarcaciones autorizadas
Nombre
Matrícula
C.F.P.O.
1
Ahí Va Primero.
3.ª- GC-3-3-15
27721
2
Ariaguin.
3.ª-GC-1-3048
8374
3
Biosfera Fishing.
3.ª-GC-3-2-08
27209
4
Buen Jesús.
3.ª-GC-3-290
12707
5
Centella.
3.ª-TE-3-290
12717
6
Colón.
3.ª-GC-3-1601
50802
7
Corazón de Jesús.
3.ª-GC-2-847
20807
8
Corazón de María.
3.ª-GC-3-2-06
27196
9
Fatima y Clotilde.
3.ª-GC-3-1759
13272
3.ª-GC-3-1033
13538
11 Lorenza y Manuel.
3.ª-GC-1-01
25070
12 Los Tres Quinteros.
3.ª-GC-3-1-01
25070
13 Mar de Lanzarote.
3.ª-GC-3-5-06
27082
14 Mar Chinijo.
3.ª-TE-1-3793
21443
15 Maria del Carmen.
3.ª-TE-1-4023
21208
16 Marijean Segundo.
3.ª-GC-3-1-02
25984
17 Mi Nombre.
3.ª-GC-1-3039
14042
10 Jesús María.
cve: BOE-A-2024-27472
Verificable en https://www.boe.es
Puerto base Caleta del Sebo
Núm. 314
Lunes 30 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 186837
emitir autorizaciones para la inclusión de nuevas embarcaciones. Para lo cual deberán
acreditar el cumplimiento de las siguientes condiciones:
a) Realizar durante el último año, al menos quince días de pesca por semestre en
el entorno de la reserva marina hasta 3 millas de distancia de sus bordes, salvo causa de
fuerza mayor debidamente justificada.
b) Avisar al servicio de la reserva marina de su presencia en el entorno de la misma
los días en que realicen esa actividad.
c) Aportar las notas de venta y estadillos de esfuerzo pesquero correspondientes a
los días en que realicen esa actividad.
7. La vigencia de la presente resolución abarcará desde la fecha de su publicación
en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2026, quedando automáticamente prorrogada
desde esa fecha hasta su nueva actualización, que se realizará en el plazo máximo de
dos meses, una vez comprobado el cumplimiento de las obligaciones previstas en la
normativa aplicable por parte de las embarcaciones en el periodo de vigencia.
Contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el Sr. Ministro
de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 121 y 122, en relación con el 114, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 27 de diciembre de 2024.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime
Garcia.
ANEXO I
Embarcaciones autorizadas
Nombre
Matrícula
C.F.P.O.
1
Ahí Va Primero.
3.ª- GC-3-3-15
27721
2
Ariaguin.
3.ª-GC-1-3048
8374
3
Biosfera Fishing.
3.ª-GC-3-2-08
27209
4
Buen Jesús.
3.ª-GC-3-290
12707
5
Centella.
3.ª-TE-3-290
12717
6
Colón.
3.ª-GC-3-1601
50802
7
Corazón de Jesús.
3.ª-GC-2-847
20807
8
Corazón de María.
3.ª-GC-3-2-06
27196
9
Fatima y Clotilde.
3.ª-GC-3-1759
13272
3.ª-GC-3-1033
13538
11 Lorenza y Manuel.
3.ª-GC-1-01
25070
12 Los Tres Quinteros.
3.ª-GC-3-1-01
25070
13 Mar de Lanzarote.
3.ª-GC-3-5-06
27082
14 Mar Chinijo.
3.ª-TE-1-3793
21443
15 Maria del Carmen.
3.ª-TE-1-4023
21208
16 Marijean Segundo.
3.ª-GC-3-1-02
25984
17 Mi Nombre.
3.ª-GC-1-3039
14042
10 Jesús María.
cve: BOE-A-2024-27472
Verificable en https://www.boe.es
Puerto base Caleta del Sebo