Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Gestión Catastral. (BOE-A-2024-27418)
Resolución de 23 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Gestión Catastral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Lunes 30 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 186135

Los ejercicios primero, segundo y tercero deberán escribirse de tal modo que
permitan su lectura por cualquier miembro del tribunal, evitando la utilización de
abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el tribunal calificador
hará pública, en el tablón de anuncios de la sede del tribunal, en el portal de internet del
Ministerio de Hacienda (www.hacienda.gob.es), en el Punto de Acceso General (https://
administracion.gob.es/PAG/ips), y en el Portal Funciona, la relación aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación en su caso de la
puntuación obtenida. Las personas aspirantes que no figuren en la relación se
considerarán excluidos.
El tribunal no podrá declarar aprobados en el último ejercicio a un número de
personas aspirantes superior al de plazas convocadas.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de
las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios.
6.4

Fase de concurso.

La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los
siguientes méritos: servicios prestados, grado personal consolidado y cursos de
formación.
La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo III
a esta resolución.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración
del aspirante en la fase de concurso.
Si alguna de las personas aspirantes, en servicio activo en la Administración del
Estado en el Cuerpo o Escala desde el que participa por promoción interna, únicamente
va a solicitar valoración de los requisitos que figuren inscritos en el Registro Central de
Personal, podrá autorizar a la Administración la consulta de los datos obrantes en el
mismo. En tal caso, y dentro del plazo establecido para presentar la documentación,
deberá dar su conformidad cumplimentando y presentando el modelo que figura como
anexo VI a esta resolución.
A las personas aspirantes que participen por el turno de promoción interna, se les
valorarán los siguientes méritos:
a)

Servicios prestados:

Se valorarán los servicios prestados en Cuerpos y Escalas del subgrupo A2 de la
Administración General del Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos o en
Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y reconocidos al amparo de la
Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.
Se otorgarán, de acuerdo con los criterios señalados a continuación, hasta un
máximo de 12 puntos:
en un puesto de trabajo de nivel de
en un puesto de trabajo de nivel de
en un puesto de trabajo de nivel de
en un puesto de trabajo de nivel de

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras
reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.

cve: BOE-A-2024-27418
Verificable en https://www.boe.es

– Por cada mes completo de servicio prestado
complemento de destino 18, 19 o 20: 0,05 puntos.
– Por cada mes completo de servicio prestado
complemento de destino 21 o 22: 0,06 puntos.
– Por cada mes completo de servicio prestado
complemento de destino 23 o 24: 0,07 puntos.
– Por cada mes completo de servicio prestado
complemento de destino 25 o 26: 0,08 puntos.